III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-5892)
Resolución 420/38105/2021, de 8 de abril, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con el Instituto Nacional de Técnica Aeroespacial "Esteban Terradas", para la realización de proyectos de investigación científica y desarrollo tecnológico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 42672

b) Asesoramiento en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas entidades.
c) Intercambio con INTA, de libros, publicaciones y otros materiales de
investigación y docencia, siempre que no haya compromisos anteriores que lo impidan.
d) Ofrecer coautoría a la otra parte en las publicaciones, informes o cualquier otro
uso, basados en datos de investigación comunes, incluyendo la posibilidad de discutir el
manuscrito y corredactar partes.
e) Fomentar con INTA la realización de Tesis Doctorales, Becas de Investigación y
Proyectos Fin de Carrera, co-dirigidos por personal científico de ambas instituciones.
f) Facilitar la colaboración de personal científico del INTA, facilitando el acceso a las
instalaciones, no incluyendo la obligatoriedad de transporte ni manutención.
g) Favorecer la participación del INTA en proyectos y programas de investigación y
desarrollo de la ESPOL.
h) Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las
disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente
Convenio marco.
2.

Por parte del INTA:

a) Cooperar con la ESPOL en programas de formación de personal, técnico e
investigadores.
b) Asesoramiento en cuestiones relacionadas con la actividad de ambas entidades.
c) Intercambio con la ESPOL de libros, publicaciones y otros materiales de
investigación y docencia, siempre que no haya compromisos anteriores que lo impidan.
d) Ofrecer coautoría a la otra parte en las publicaciones, informes o cualquier otro
uso, basados en datos de investigación comunes, incluyendo la posibilidad de discutir el
manuscrito y corredactar partes.
e) Fomentar con la ESPOL la realización de Tesis Doctorales, Becas de
Investigación y Proyectos Fin de Carrera, co-dirigidos por personal científico de ambas
instituciones.
f) Facilitar la colaboración de personal científico de la ESPOL, facilitando el acceso
a las instalaciones, no incluyendo la obligatoriedad de transporte ni manutención.
g) Favorecer la participación de la ESPOL en proyectos y programas de
investigación y desarrollo del INTA.
h) Cuantas otras sean consideradas de interés mutuo, dentro de las
disponibilidades de las partes y de las actividades que constituyen el objeto del presente
Convenio marco.
Confidencialidad de la información y protección de datos de carácter personal.

La información que, en el marco de la ejecución de este Convenio, obtengan los
firmantes del Ministerio de Defensa, con la expresa autorización de este para su
explotación, tendrá la consideración de «uso público» y podrá ser usada públicamente
sin restricciones.
Las partes acuerdan que el resto de la información que se revelen mutuamente o a la
que puedan acceder durante las actividades amparadas por este Convenio tendrá la
consideración de «uso oficial»; por lo que se comprometen a guardar la debida reserva
sobre dicha información.
El citado deber de reserva permanecerá durante el periodo de vigencia del presente
Convenio y subsistirá con posterioridad a la extinción de este. Asimismo, las partes se
comprometen a devolverse o destruir la documentación recibida en el momento de
extinción del presente Convenio sin que sea necesario requerimiento previo para ello.
Queda excluida del presente Convenio la información clasificada del Ministerio de
Defensa, cuya protección se regula por la normativa específica, y que no puede ser
cedida a organismos o personas que no cuenten con los acuerdos o habilitaciones de
seguridad pertinentes.

cve: BOE-A-2021-5892
Verificable en https://www.boe.es

Tercera.