III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Contratación administrativa. (BOE-A-2021-5926)
Resolución de 30 de marzo de 2021, del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por la que se establece la composición y funciones de la Mesa de Contratación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 42854

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5926

Resolución de 30 de marzo de 2021, del Organismo Autónomo Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, por la que se establece la
composición y funciones de la Mesa de Contratación.

La Resolución de 24 de enero de 2019, de la Dirección del Organismo Autónomo
Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, creó la Mesa de
Contratación del mismo, con carácter permanente, con el objeto de asistir a la Dirección
del Organismo en las funciones que le corresponden como órgano de contratación
unipersonal. Dicha Resolución fue dictada al amparo del artículo 326 de la Ley 9/2017,
de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del
Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014; del artículo 27 de la
Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y
Seguridad Social, así como de los artículos 1 y 8.3.m) de los Estatutos de dicho
Organismo, aprobados por Real Decreto 192/2018, de 6 de abril.
En el desarrollo de las funciones de la Mesa de Contratación, se ha puesto de
manifiesto la necesidad de reordenar su composición y, en términos generales, adscribir
los trabajos de la misma al ámbito de la Secretaría General del Organismo, que es su
unidad especializada en contratación, como medio de optimizar su eficacia.
A tal fin, y con pleno respeto a la legislación sobre contratación administrativa y
demás normas de aplicación, se ha acordado la participación permanente en la Mesa de
Contratación de los funcionarios y funcionarias de la Secretaría General del Organismo
Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, incorporándose a la misma
funcionarios y funcionarias de otras unidades sólo cuando los asuntos a tratar así lo
requieran.
Asimismo, se incorporan mejoras técnicas y de redacción.
En su virtud, dispongo:
Artículo 1.

Creación y composición de la Mesa de Contratación.

1. Se crea la Mesa de Contratación del Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social adscrita a la Secretaría General del
Organismo, cuyos miembros deberán tener la condición de funcionarios públicos.
2. La Mesa de Contratación del Organismo Autónomo Organismo Estatal
Inspección de Trabajo y Seguridad Social estará compuesta por los siguientes miembros:
Presidente: La persona titular de la Secretaría General.
Vocales:

– Dos funcionarios o funcionarias con nivel orgánico 26 o superior, adscritos a la
Secretaría General del Organismo, designados por el órgano de contratación a
propuesta de la Secretaria General.
– En su caso, un funcionario o funcionaria con nivel orgánico 26 o superior, de la
Subdirección General que, para el caso, y no tratándose de la Secretaría General, haya
impulsado la tramitación del expediente de contratación administrativa que corresponda.
Su designación se efectuará por el órgano de contratación a propuesta de esa
Subdirección General.
– Un Abogado o Abogada del Estado, designado por la Abogacía del Estado en el
Departamento.

cve: BOE-A-2021-5926
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a)
b)