I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Vehículos. Reglamento. (BOE-A-2021-5868)
Real Decreto 265/2021, de 13 de abril, sobre los vehículos al final de su vida útil y por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 42565

2. Manejo de aparatos de medida y herramientas.
3. Puesta en seguridad de un vehículo eléctrico y/o híbrido que trabaja en alta tensión.
4. Extracción segura de la batería de un vehículo eléctrico y/o híbrido que trabaja en
alta tensión tras su puesta en seguridad.
5. Almacenamiento y embalaje de baterías de vehículos eléctricos y/o híbridos que
trabajan en alta tensión tras su puesta en seguridad y su extracción del vehículo.
6. Preparación para el transporte de las baterías de vehículos eléctricos y/o híbridos
que trabajan en alta tensión tras su puesta en seguridad y su extracción del vehículo.
Para ello, será necesario evidenciar la posesión de los siguientes conocimientos y
destrezas y su aplicación en la práctica:
a. Interpretación de planos y esquemas.
b. Seguridad para trabajos en vehículos eléctricos y/o híbridos que trabajan en alta
tensión.
c. Distancias de aislamiento y pasillos de seguridad.
d. Relación de legislación vigente (europea, estatal y autonómica) sobre este tipo de
componentes.
e. Exigencias para los equipos de protección y materiales utilizados en el tratamiento
de vehículos eléctricos y/o híbridos que trabajan en alta tensión.
f. Peligros en la manipulación (incluido el transporte) de vehículos eléctricos y/o
híbridos que trabajan en alta tensión.
g. Principales componentes de un vehículo eléctrico y/o híbrido que trabaja en alta
tensión.
h. La puesta en seguridad de un vehículo eléctrico y/o híbrido que trabaja en alta tensión
i. El Sistema de Información Internacional para el Desguace de Vehículos (IDIS).
Descarga de los documentos necesarios para la puesta en seguridad y la extracción
segura de la batería de un vehículo eléctrico y/o híbrido que trabaja en alta tensión
específico.
j. Manejo, almacenamiento y embalaje de baterías de vehículos eléctricos y/o
híbridos que trabajan en alta tensión tras su puesta en seguridad y su extracción del
vehículo.
k. Medidas que debe adoptar en relación con la prevención de riesgos laborales para
realizar las labores de forma segura tanto para su persona como para el resto de las
personas, bienes y el medio ambiente.
ANEXO VII
Objetivos de preparación para la reutilización, reciclado y valorización
1. Los agentes económicos cumplirán, en el ámbito de su actividad, los objetivos de
preparación para la reutilización, reciclado y valorización siguientes:
a) el porcentaje total de preparación para la reutilización y valorización será al menos
del 95 por 100 del peso medio por automóvil y año, y
b) el porcentaje total de preparación para la reutilización y reciclado será al menos
del 85 por 100 del peso medio por automóvil y año.
2. Los CAT, además, cumplirán los siguientes objetivos, sin perjuicio del cumplimiento
de los exigidos con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto:
a) Recuperarán para su preparación para la reutilización, y comercializarán
componentes, partes o piezas de los automóviles que supongan, al menos, un 10 % del
peso total de los automóviles que traten anualmente.
b) A partir del 1 de enero de 2026 recuperarán para su preparación para la
reutilización, y comercializarán componentes, partes o piezas de los automóviles que
supongan, al menos, un 15 % del peso total de los automóviles que traten anualmente.

cve: BOE-A-2021-5868
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Núm. 89