I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Presas y embalses. (BOE-A-2021-5867)
Real Decreto 264/2021, de 13 de abril, por el que se aprueban las normas técnicas de seguridad para las presas y sus embalses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 89

Miércoles 14 de abril de 2021

Sec. I. Pág. 42511

estar alimentados por fuentes de energía independientes, según se señala en el
apartado 20 de esta Norma, y accesos garantizados y controlados en cualquier situación.
En cualquier caso, se deberá asegurar que los elementos de control de los órganos de
desagüe presentan una alta fiabilidad.
10.2 Los gálibos y la luz entre pilas de los vanos de los aliviaderos de superficie
estarán diseñados para permitir el paso de los elementos flotantes que puedan llegar al
embalse durante las avenidas.
10.3 Los aliviaderos controlados exclusivamente por compuertas deberán disponer,
como mínimo, de dos vanos.
10.4 Las compuertas de los aliviaderos deberán permitir el sobrevertido sobre ellas
en condiciones de seguridad para todos sus mecanismos.
10.5 En las presas clasificadas en las categorías A o B, los desagües de fondo
constarán como mínimo de dos conductos, provistos, cada uno, de, al menos, dos
elementos de cierre instalados en serie susceptibles de ser ataguiados en su extremo de
aguas arriba, en caso de necesidad. Las grandes presas de categoría C dispondrán al
menos de un conducto de desagüe para su vaciado.
10.6 No se permitirán los conductos de desagüe en presión discurriendo a través del
cuerpo de una presa de materiales sueltos, a menos que estén situados en el interior de
galerías que los aíslen del contacto directo con el material de la presa o, si el cimiento lo
permite y se justifica adecuadamente, en zanjas excavadas bajo el cuerpo de presa,
convenientemente diseñadas, excavadas y hormigonadas posteriormente.
10.7 Se estudiarán los posibles escenarios de averías que pudieran producirse
durante la explotación en los órganos de desagüe, analizando sus consecuencias y
adoptando las medidas pertinentes. En todo caso, en los aliviaderos controlados por
compuertas se analizará la situación de que un 25% de ellas se encuentre fuera de
servicio, o una, como mínimo, cuando se presente la Avenida de proyecto.
Sección III.
11.

Comprobación estructural

Comprobación estructural

11.1 En el proyecto se comprobará el comportamiento estructural de la presa y de
sus obras anejas ante las acciones actuantes y sus posibles combinaciones, y se
razonarán y justificarán los niveles de seguridad que se adopten en cada caso según la
categoría en la que se clasifique la presa, sus dimensiones y tipología, así como el tipo de
acción, su probabilidad de ocurrencia y su permanencia en el tiempo.
11.2 Las acciones a considerar actuando sobre la presa, serán las siguientes:
Peso propio.
Empuje hidrostático.
Presiones intersticiales en el cuerpo de presa y en el cimiento.
Efectos térmicos.
Empuje de los sedimentos.
Efecto del oleaje.
Efectos sísmicos.
Empuje del hielo.
Y las particulares que procedan en cada caso.

11.3 Las acciones se clasificarán en permanentes o variables, dependiendo de su
alcance temporal. Para cada acción variable se definirán su valor en situación normal,
accidental y, cuando sea aplicable, en situación extrema.
Son situaciones accidentales de las principales acciones variables las siguientes:





Desembalse rápido.
Fallo del sistema de drenaje.
Avenida de proyecto.
Sismo de proyecto.

cve: BOE-A-2021-5867
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