III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2021-5842)
Resolución de 5 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, la Mutualidad General Judicial y el Servicio Gallego de Salud, para la prestación en zonas rurales de determinados servicios sanitarios a los mutualistas y demás beneficiarios adscritos a entidades de seguro de asistencia sanitaria concertada con dichas mutualidades.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Martes 13 de abril de 2021

Decimotercera.

Sec. III. Pág. 42392

Consecuencias del incumplimiento.

En caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones establecidas en este
Convenio por alguna de las partes, cualquiera de las otras lo podrá comunicar a la
Comisión de seguimiento prevista en la cláusula duodécima, que decidirá sobre las
actuaciones a llevar a cabo.
Decimocuarta.

Causas de extinción.

1. Este Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que
constituyan su objeto o por incurrir en causa de resolución.
2. Son causas de resolución:
a) El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado su prórroga.
b) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de
alguno de los firmantes en los términos establecidos en el artículo 51.2.c) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
c) El acuerdo unánime de todos los firmantes, a petición de una las partes que
deberá comunicarlo con una antelación mínima de dos meses.
d) Por desistimiento expreso de cualquiera de las partes, comunicado a las demás
al menos, con dos meses de antelación a la finalización del periodo inicial de vigencia o
de cualquiera de sus prórrogas.
e) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del Convenio.
f) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el Convenio o en
otras leyes.
3. En caso de resolución del Convenio se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Y, en prueba de conformidad con el contenido del presente Convenio, las partes lo
firman electrónicamente, en el lugar donde se encuentran sus respectivas sedes,
entendiéndose que el día de su firma es aquel en que el mismo sea suscrito por el último
de los firmantes.–La Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles
del Estado, Myriam Pallarés Cortón.–El Secretario General Gerente del Instituto Social
de las Fuerzas Armadas, José Luis Modrego Navarro.–El Gerente de la Mutualidad
General Judicial, Luis Ignacio Sánchez Guiu.–El Presidente del Servicio Gallego de
Salud, Julio García Comesaña.
ANEXO I
Listado de municipios

Abegondo.
Aranga.
Ares.
Arzúa.
Boimorto.
Cabana de Bergantiños.
Cabanas.
Camariñas.
Capela A.
Carnota.
Carral.
Cedeira.
Cee.

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