III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-5765)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Parada de Sil, sobre la financiación y ejecución de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Valdemiotos, en el término municipal de Parada de Sil (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40866
5. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
6. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
7. Otorgar el acta de mutación demanial de las obras construidas una vez tramitado
el correspondiente expediente ante la Dirección General de Patrimonio por parte de la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
8. El Ayuntamiento de Parada de Sil queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos.
El Ayuntamiento de Parada de Sil pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
ejecución de la nueva estación depuradora de aguas residuales incluyendo sus zanjas
drenantes así como para la conexión de la red de saneamiento existente con la nueva EDAR.
También se comprometerá a obtener los permisos necesarios para acceder a la fosa
existente que permita proceder a su demolición para transportarla a un gestor de
residuos autorizado.
Una vez aprobado definitivamente los proyectos por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al Ayuntamiento la acreditación de la
puesta a disposición de los terrenos en el plazo que a tal efecto se le indique.
El incumplimiento de tal requerimiento facultará a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. para declarar extinguido el Convenio, de conformidad con lo establecido
en la cláusula segunda, de lo que, en su caso, informará a la corporación local.
La puesta a disposición de los terrenos y permisos se materializará mediante
certificado del Secretario Municipal en el que se refleje la disponibilidad de los mismos
por parte del Ayuntamiento.
Undécima.
Régimen de titularidad.
1. La nueva estación depuradora de aguas residuales objeto de este Convenio se
entregará definitivamente al Ayuntamiento de Parada de Sil mediante mutación demanial
que no alterará el régimen de la titularidad de las obras e instalaciones objeto de ésta.
2. Las partes aceptan que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. tramite,
ante la Dirección General de Patrimonio del Ministerio de Hacienda, el correspondiente
expediente de mutación demanial interadministrativa, a favor del Ayuntamiento de
Parada de Sil al amparo en del precitado artículo 71.4 de la Ley del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, para su afectación al servicio público competencia de la
Entidad Local.
Comisión de seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por un
representante de cada parte que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
Convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
cve: BOE-A-2021-5765
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40866
5. Realizar las obras de mantenimiento y conservación de las infraestructuras que
sean necesarias, comprometiéndose a asumir los gastos que de las mismas puedan
derivarse.
6. Poner a disposición de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. los
terrenos precisos para la realización de las obras, libres de cargas y gravámenes, de
acuerdo con lo establecido en la cláusula décima.
7. Otorgar el acta de mutación demanial de las obras construidas una vez tramitado
el correspondiente expediente ante la Dirección General de Patrimonio por parte de la
Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A.
8. El Ayuntamiento de Parada de Sil queda facultado, a partir de la entrega de lo
construido, a utilizar las obras entregadas de acuerdo con los fines que motivaron su
ejecución.
Décima.
Puesta a disposición de los terrenos.
El Ayuntamiento de Parada de Sil pondrá a disposición los terrenos necesarios para la
ejecución de la nueva estación depuradora de aguas residuales incluyendo sus zanjas
drenantes así como para la conexión de la red de saneamiento existente con la nueva EDAR.
También se comprometerá a obtener los permisos necesarios para acceder a la fosa
existente que permita proceder a su demolición para transportarla a un gestor de
residuos autorizado.
Una vez aprobado definitivamente los proyectos por parte de la Confederación
Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., ésta requerirá al Ayuntamiento la acreditación de la
puesta a disposición de los terrenos en el plazo que a tal efecto se le indique.
El incumplimiento de tal requerimiento facultará a la Confederación Hidrográfica del
Miño-Sil, O.A. para declarar extinguido el Convenio, de conformidad con lo establecido
en la cláusula segunda, de lo que, en su caso, informará a la corporación local.
La puesta a disposición de los terrenos y permisos se materializará mediante
certificado del Secretario Municipal en el que se refleje la disponibilidad de los mismos
por parte del Ayuntamiento.
Undécima.
Régimen de titularidad.
1. La nueva estación depuradora de aguas residuales objeto de este Convenio se
entregará definitivamente al Ayuntamiento de Parada de Sil mediante mutación demanial
que no alterará el régimen de la titularidad de las obras e instalaciones objeto de ésta.
2. Las partes aceptan que la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. tramite,
ante la Dirección General de Patrimonio del Ministerio de Hacienda, el correspondiente
expediente de mutación demanial interadministrativa, a favor del Ayuntamiento de
Parada de Sil al amparo en del precitado artículo 71.4 de la Ley del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, para su afectación al servicio público competencia de la
Entidad Local.
Comisión de seguimiento.
Para el desarrollo de esta colaboración y hasta el momento de la entrega de las
actuaciones, se establece una Comisión Mixta que estará compuesta por un
representante de cada parte que se reunirán cuantas veces sea necesario, a petición de
cualquiera de las partes.
Esta Comisión coordinará las actuaciones relacionadas con el objeto del presente
Convenio, solventando las dudas que puedan surgir en cuanto a su ejecución; le
corresponde igualmente a la Comisión el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución
del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes.
cve: BOE-A-2021-5765
Verificable en https://www.boe.es
Duodécima.