III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Convenios. (BOE-A-2021-5765)
Resolución de 7 de abril de 2021, de la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ayuntamiento de Parada de Sil, sobre la financiación y ejecución de las obras de construcción de nueva EDAR para el núcleo de Valdemiotos, en el término municipal de Parada de Sil (Ourense).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87

Lunes 12 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 40862

Sexto.
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley de Aguas, cuyo texto
refundido se aprobó por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, los
organismos de cuenca pueden suscribir convenios para el cumplimiento de las funciones
que tienen atribuidas por la legislación vigente.
Séptimo.
Que en el artículo 71.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las
Administraciones Públicas, y en los artículos 73 y siguientes del Reglamento que
desarrolla la citada Ley, aprobado por el Real Decreto 1373/2009, de 28 de agosto, se
establece la posibilidad de que los bienes y derechos demaniales de la Administración
General del Estado y sus organismos públicos puedan afectarse a otras
Administraciones públicas para destinarlos a un determinado uso o servicio público de su
competencia, figura conocida como mutación demanial interadministrativa.
Octavo.
Que el Ayuntamiento de Parada de Sil manifiesta su voluntad de asumir la
explotación, mantenimiento y conservación de las obras ejecutadas al amparo del
presente Convenio de construcción de nueva estación depuradora de aguas residuales
(EDAR) para el núcleo de Valdemiotos, una vez tramitado el oportuno expediente de
mutación demanial, al amparo de lo dispuesto en la Ley 33/2003, de Patrimonio de las
Administraciones Públicas.
Noveno.
Que a la vista de lo anterior, la Confederación Hidrográfica del Miño-Sil, O.A. y el
Ayuntamiento de Parada de Sil estiman necesario establecer una fórmula coordinada
para la cofinanciación de la actuación al amparo del artículo 116.5 de la Ley 9/2017, de
Contratos del Sector Público, así como para su ejecución y la posterior entrega para su
explotación, mantenimiento y conservación.
En base a lo hasta aquí expuesto, las partes acuerdan otorgar el presente Convenio
de acuerdo con las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto de las actuaciones.

El presente Convenio tiene por objeto determinar las condiciones para la
colaboración entre las partes otorgantes para la financiación y ejecución de las obras de
«Construcción de nueva EDAR para el núcleo de Valdemiotos en el término municipal de
Parada de Sil (Ourense). PdM MIÑO-SIL ES010_3_CHCH0SET29SR2437».
Asimismo, también se establece el régimen de la posterior entrega de parte de las
obras ejecutadas para su mantenimiento y conservación.
Duración, modificación y resolución del Convenio.

1. El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal. Además,
habrá de publicarse en el «Boletín Oficial del Estado» y tendrá una duración de cuatro años.
No obstante, si en esa fecha no han finalizado las actuaciones objeto del mismo ni se ha
procedido a la recepción de las obras, liquidación del contrato, finalización del plazo de garantía,
y entrega de las obras conforme a lo establecido en la cláusula séptima, los otorgantes podrán
acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales.

cve: BOE-A-2021-5765
Verificable en https://www.boe.es

Segunda.