II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad. (BOE-A-2021-5701)
Resolución de 6 de abril de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Auditoría y Contabilidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 40398
órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería
efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en
situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
C)
Curso selectivo
Se podrá obtener una calificación máxima de 50 puntos por el total de las materias
cursadas, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos y haber
aprobado todas las asignaturas.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición,
concurso y curso selectivo para los aspirantes del sistema de promoción interna, y
determinará la prioridad para la elección de destino.
– Por la suma de la calificación de oposición y curso selectivo para los del sistema
general de acceso libre y determinará la prioridad en la elección de destino, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el apartado
decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
– En caso de empate, la prelación se establecerá de la siguiente forma:
a) En la fase de oposición: En primer lugar, la puntuación del tercer ejercicio. En
segundo lugar, la puntuación del segundo ejercicio. En tercer lugar, la del primer
ejercicio.
b) En la fase de concurso: En primer lugar, la valoración del mérito de antigüedad,
en segundo lugar, el del grado personal consolidado y en tercer lugar el del trabajo
desarrollado.
c) Al finalizar el curso selectivo, la nota de éste sobre la de la fase de oposición
para los aspirantes del sistema de turno libre, y la del curso selectivo sobre la de la fase
de oposición, y ésta sobre la fase de concurso para los aspirantes del sistema de
promoción interna.
ANEXO II
Programa
ANEXO II.1.1
Derecho Civil y Mercantil. Economía
Tema 1. Las fuentes del derecho en general. El sistema jurídico positivo español.
Aplicación de las normas jurídicas.
Tema 2. El concepto de persona. Clases de personas. Personas naturales:
nacimiento y extinción. Personas jurídicas: concepto, naturaleza y clases. Constitución y
extinción de las personas jurídicas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.
Tema 3. Los derechos reales: concepto y clases. Diferencias entre los derechos
reales y los derechos de crédito. La propiedad. La posesión. El usufructo. La
servidumbre. El Registro de la Propiedad.
Tema 4. Los derechos reales de garantía: concepto y clasificación. Hipoteca.
Prenda.
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Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 40398
órganos constitucionales el nivel del puesto de trabajo en el que les correspondería
efectuar el reingreso.
A los funcionarios que se encuentren desempeñando un puesto de trabajo en
situación de servicio activo en órganos constitucionales, con carácter definitivo, se les
valorará el nivel de complemento de destino correspondiente a dicho puesto.
La calificación del concurso-oposición vendrá determinada por la suma de las
puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
C)
Curso selectivo
Se podrá obtener una calificación máxima de 50 puntos por el total de las materias
cursadas, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de 25 puntos y haber
aprobado todas las asignaturas.
III. Elección de destinos
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada:
– Por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada una de las fases de oposición,
concurso y curso selectivo para los aspirantes del sistema de promoción interna, y
determinará la prioridad para la elección de destino.
– Por la suma de la calificación de oposición y curso selectivo para los del sistema
general de acceso libre y determinará la prioridad en la elección de destino, sin perjuicio
de lo previsto en el artículo 78 del Real Decreto 364/1995 y en el apartado
decimonoveno de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
– En caso de empate, la prelación se establecerá de la siguiente forma:
a) En la fase de oposición: En primer lugar, la puntuación del tercer ejercicio. En
segundo lugar, la puntuación del segundo ejercicio. En tercer lugar, la del primer
ejercicio.
b) En la fase de concurso: En primer lugar, la valoración del mérito de antigüedad,
en segundo lugar, el del grado personal consolidado y en tercer lugar el del trabajo
desarrollado.
c) Al finalizar el curso selectivo, la nota de éste sobre la de la fase de oposición
para los aspirantes del sistema de turno libre, y la del curso selectivo sobre la de la fase
de oposición, y ésta sobre la fase de concurso para los aspirantes del sistema de
promoción interna.
ANEXO II
Programa
ANEXO II.1.1
Derecho Civil y Mercantil. Economía
Tema 1. Las fuentes del derecho en general. El sistema jurídico positivo español.
Aplicación de las normas jurídicas.
Tema 2. El concepto de persona. Clases de personas. Personas naturales:
nacimiento y extinción. Personas jurídicas: concepto, naturaleza y clases. Constitución y
extinción de las personas jurídicas. Capacidad jurídica y capacidad de obrar.
Tema 3. Los derechos reales: concepto y clases. Diferencias entre los derechos
reales y los derechos de crédito. La propiedad. La posesión. El usufructo. La
servidumbre. El Registro de la Propiedad.
Tema 4. Los derechos reales de garantía: concepto y clasificación. Hipoteca.
Prenda.
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