III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2021-5754)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo para el personal de flota de Compañía Trasmediterránea, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40738
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5754
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo para el personal de flota de
Compañía Trasmediterránea, SA.
Visto el texto del Convenio colectivo para el personal de flota de la empresa Compañía
Trasmediterránea, SA (código de convenio n.º 90005020011981), que fue suscrito, con
fecha 4 de marzo de 2020, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa,
en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC.OO.,
SEOMM y STMM-CGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de marzo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DE COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, SA
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación del Convenio
Artículo 1.
Ámbito personal.
El presente Convenio regula las condiciones económicas, sociales y de trabajo del
personal de flota contratado por Compañía Trasmediterránea, SA, con adscripción a los
puestos de trabajo correspondientes a los Grupos Profesionales previstos en el
artículo 13, sin perjuicio, de cualesquiera otras fórmulas válidas en Derecho.
Vigencia. Ámbito temporal.
El presente Convenio Colectivo extenderá su vigencia durante cinco años a contar
desde su firma, con independencia de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
La denuncia del presente Convenio Colectivo deberá ejercitarse mediante escrito,
que se dirigirá a la Dirección de la Compañía y a la Autoridad Laboral Competente si el
denunciante fuera la Representación Legal de los Trabajadores, y a la mencionada
Autoridad y a la Representación Legal de los Trabajadores en el caso de ser la
Compañía quien proceda a su denuncia. En ambos casos, la denuncia deberá
cve: BOE-A-2021-5754
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 40738
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
5754
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por
la que se registra y publica el Convenio colectivo para el personal de flota de
Compañía Trasmediterránea, SA.
Visto el texto del Convenio colectivo para el personal de flota de la empresa Compañía
Trasmediterránea, SA (código de convenio n.º 90005020011981), que fue suscrito, con
fecha 4 de marzo de 2020, de una parte, por los designados por la Dirección de la empresa,
en representación de la misma, y de otra, por las secciones sindicales de UGT, CC.OO.,
SEOMM y STMM-CGT, en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, Texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre (BOE de 24 de octubre), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios
electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 26 de marzo de 2021.–La Directora General de Trabajo, Verónica Martínez
Barbero.
CONVENIO COLECTIVO DE COMPAÑÍA TRASMEDITERRÁNEA, SA
CAPÍTULO I
Ámbito de aplicación del Convenio
Artículo 1.
Ámbito personal.
El presente Convenio regula las condiciones económicas, sociales y de trabajo del
personal de flota contratado por Compañía Trasmediterránea, SA, con adscripción a los
puestos de trabajo correspondientes a los Grupos Profesionales previstos en el
artículo 13, sin perjuicio, de cualesquiera otras fórmulas válidas en Derecho.
Vigencia. Ámbito temporal.
El presente Convenio Colectivo extenderá su vigencia durante cinco años a contar
desde su firma, con independencia de su fecha de publicación en el «Boletín Oficial del
Estado».
La denuncia del presente Convenio Colectivo deberá ejercitarse mediante escrito,
que se dirigirá a la Dirección de la Compañía y a la Autoridad Laboral Competente si el
denunciante fuera la Representación Legal de los Trabajadores, y a la mencionada
Autoridad y a la Representación Legal de los Trabajadores en el caso de ser la
Compañía quien proceda a su denuncia. En ambos casos, la denuncia deberá
cve: BOE-A-2021-5754
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.