II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE DEFENSA. Fuerzas Armadas. Cuerpos Generales y de Infantería de Marina. (BOE-A-2021-5699)
Orden DEF/339/2021, de 7 de abril, por la que se modifica la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 40360
Asimismo, y de conformidad con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno, el proyecto fue sometido al trámite de audiencia e información
pública, con carácter de urgencia, debidamente justificado por el Secretario General
Técnico.
Respecto al principio de eficiencia, esta orden ministerial resulta coherente con el
mismo, ya que no supone carga administrativa alguna.
Esta orden ministerial se dicta con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la
Constitución Española.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se
aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el
ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de
oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
La Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las
que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes
militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales
y de Infantería de Marina, queda modificada como sigue:
Uno.
Se incluye un apartado 2 en la norma segunda con la siguiente redacción:
«2. Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso
por promoción, se exigirá el perfil lingüístico en el idioma inglés que, en función de
los requisitos de titulación, se especifica en la Orden DEF/862/2014, de 21 de
mayo, por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de
lengua inglesa a realizar en los procesos de selección para el ingreso en los
centros docentes militares de formación».
Dos. Se modifican los apartados 1 y 2 de la norma decimotercera, que quedan
redactados del siguiente modo:
«1. La prueba de conocimientos científicos comprenderá la realización de
ejercicios sobre las materias de «Matemáticas» y «Física». Consistirá en contestar
por escrito formularios tipo «test», de un mínimo de cincuenta preguntas, hasta un
máximo de cien preguntas teóricas y prácticas por materia. El tiempo máximo por
ejercicio se establecerá en la convocatoria, no pudiendo ser inferior a 60 minutos
ni superar los 180 minutos. Se realizará por el sistema de tanda única, no
permitiéndose el empleo de libros, apuntes o cualquier otro tipo de documento sea
cual fuere su soporte. Podrá utilizarse calculadora científica no programable.
2. Los contenidos de las cuestiones estarán relacionados con los que figuran
en el anexo I para las materias de «Matemáticas II. 2.º Bachillerato» y «Física. 2.º
Bachillerato» del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del
Bachillerato».
«e)
Informes personales de calificación, observaciones:
Se valorará la nota global de las calificaciones de los dos últimos años o, en su
defecto, las dos últimas disponibles. La puntuación se obtendrá de su media
aritmética. Si por razones justificadas solamente se dispusiera de una sola
calificación, se tomará la nota global de ésta.
El resultado final se multiplicará por 1,5, no pudiendo superarse los 15 puntos.
Lo indicado anteriormente no será de aplicación a aquellos aspirantes que, en
alguno de los informes, tengan una calificación media inferior a 5 en el elemento
cve: BOE-A-2021-5699
Verificable en https://www.boe.es
Tres. Se modifican las observaciones del párrafo e) del apartado 1. del anexo III,
que quedan redactadas del siguiente modo:
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 40360
Asimismo, y de conformidad con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997, de 27 de
noviembre, del Gobierno, el proyecto fue sometido al trámite de audiencia e información
pública, con carácter de urgencia, debidamente justificado por el Secretario General
Técnico.
Respecto al principio de eficiencia, esta orden ministerial resulta coherente con el
mismo, ya que no supone carga administrativa alguna.
Esta orden ministerial se dicta con arreglo a lo previsto en el artículo 149.1.4.ª de la
Constitución Española.
En su virtud, dispongo:
Artículo único. Modificación de la Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se
aprueban las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el
ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a las escalas de
oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina.
La Orden DEF/792/2010, de 25 de marzo, por la que se aprueban las normas por las
que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes
militares de formación para acceder a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales
y de Infantería de Marina, queda modificada como sigue:
Uno.
Se incluye un apartado 2 en la norma segunda con la siguiente redacción:
«2. Para ser admitido a los procesos de selección para la forma de ingreso
por promoción, se exigirá el perfil lingüístico en el idioma inglés que, en función de
los requisitos de titulación, se especifica en la Orden DEF/862/2014, de 21 de
mayo, por la que se aprueban las normas por las que ha de regirse la prueba de
lengua inglesa a realizar en los procesos de selección para el ingreso en los
centros docentes militares de formación».
Dos. Se modifican los apartados 1 y 2 de la norma decimotercera, que quedan
redactados del siguiente modo:
«1. La prueba de conocimientos científicos comprenderá la realización de
ejercicios sobre las materias de «Matemáticas» y «Física». Consistirá en contestar
por escrito formularios tipo «test», de un mínimo de cincuenta preguntas, hasta un
máximo de cien preguntas teóricas y prácticas por materia. El tiempo máximo por
ejercicio se establecerá en la convocatoria, no pudiendo ser inferior a 60 minutos
ni superar los 180 minutos. Se realizará por el sistema de tanda única, no
permitiéndose el empleo de libros, apuntes o cualquier otro tipo de documento sea
cual fuere su soporte. Podrá utilizarse calculadora científica no programable.
2. Los contenidos de las cuestiones estarán relacionados con los que figuran
en el anexo I para las materias de «Matemáticas II. 2.º Bachillerato» y «Física. 2.º
Bachillerato» del Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se
establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del
Bachillerato».
«e)
Informes personales de calificación, observaciones:
Se valorará la nota global de las calificaciones de los dos últimos años o, en su
defecto, las dos últimas disponibles. La puntuación se obtendrá de su media
aritmética. Si por razones justificadas solamente se dispusiera de una sola
calificación, se tomará la nota global de ésta.
El resultado final se multiplicará por 1,5, no pudiendo superarse los 15 puntos.
Lo indicado anteriormente no será de aplicación a aquellos aspirantes que, en
alguno de los informes, tengan una calificación media inferior a 5 en el elemento
cve: BOE-A-2021-5699
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Tres. Se modifican las observaciones del párrafo e) del apartado 1. del anexo III,
que quedan redactadas del siguiente modo: