V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. (BOE-B-2021-17560)
Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Galicia por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana de la aprobación técnica de la modificación nº1 de la obra: "Autovía Santiago - Lugo (A-54). Tramo: enlace de Palas de Rei - enlace de Melide (Sur). Provincia de Lugo y A Coruña. Clave: 12-LU-4620.A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 22502
ajuste entre la obra y la conservación de los valores naturales de la ZEC
minimizando las afecciones por ocupar menor superficie de terreno y reducir la
afección directa sobre las especies de flora protegida.
Fauna.
El conjunto de medidas para prevenir los impactos serán las que figuran en el
proyecto vigente. Con carácter adicional, la alternativa propuesta disminuye la
afección sobre los hábitats de las comunidades faunísticas al reducir la superficie
de ocupación y, además, el diseño de los pasos de fauna, arquetas, cunetas
longitudinales, bordillos, cerramientos y dispositivos de escape desde el interior, se
ha ajustado estrictamente a la publicación del MITECO: «Prescripciones técnicas
para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales. 2015».
Seguridad y salud de la población.
Se tendrá en cuenta lo dispuesto para las prescripciones adicionales 13,14 y
15.
Prescripción adicional 1.
Se adoptarán las medidas previstas en el proyecto vigente.
Prescripción adicional 2.
El proyecto modificado integrará en el Anejo nº 16 (Integración Ambiental) el
desarrollo del proyecto especificado en la prescripción adicional 2. Las medidas a
adoptar en cuanto a la restauración de este hábitat en zonas de parcelas
expropiadas, en las que la nueva propuesta no supondrá ocupación física, se
propone que sean realizadas por él Área de Conservación y Explotación de
Carreteras de A Coruña en el uso de sus facultades de conservación de la
infraestructura, una vez ésta entre en servicio y haya expirado el plazo de garantía
de las obras, debido a que dicho hábitat requiere de trabajos regulares anuales
como siegas, control de influencias de factores abióticos, etc.
Prescripción adicional 3.
En atención a la prescripción nº 3, el proyecto modificado añadirá a las
medidas compensatorias el caso de la reposición de ejemplares de Erica ciliaris.
Debido a que esta especie está presente en un único punto (PK 2+120 MI:
Superficie de 65 m2 y densidad inferior a 0,25 ej/m2), esta medida plantea una
mínima repercusión económica, que se contemplará en el marco de las medidas
compensatorias. En todo caso, su desarrollo se tendrá en cuenta lo establecido por
el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia (Art. 60.2.g).
Se incluirá en el proyecto modificado el programa de seguimiento ambiental de
las medidas compensatorias por, al menos, un plazo de 5 años posteriores a la
ejecución de las obras. Este programa de seguimiento ambiental figura en el
apartado 9.6 del Documento Ambiental sometido a Evaluación de Impacto
Ambiental Simplificada. Se recuerda que la realización de dichas medidas y su
seguimiento será realizado por el Grupo de Investigación Análisis y Conservación
de la Biodiversidad de la Universidad de Santiago de Compostela conforme a la
Memoria de medidas compensatorias aprobada por la Dirección Xeral de
Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia.
cve: BOE-B-2021-17560
Verificable en https://www.boe.es
Prescripciones adicionales 4, 5 y 6.
Núm. 87
Lunes 12 de abril de 2021
Sec. V-B. Pág. 22502
ajuste entre la obra y la conservación de los valores naturales de la ZEC
minimizando las afecciones por ocupar menor superficie de terreno y reducir la
afección directa sobre las especies de flora protegida.
Fauna.
El conjunto de medidas para prevenir los impactos serán las que figuran en el
proyecto vigente. Con carácter adicional, la alternativa propuesta disminuye la
afección sobre los hábitats de las comunidades faunísticas al reducir la superficie
de ocupación y, además, el diseño de los pasos de fauna, arquetas, cunetas
longitudinales, bordillos, cerramientos y dispositivos de escape desde el interior, se
ha ajustado estrictamente a la publicación del MITECO: «Prescripciones técnicas
para el diseño de pasos de fauna y vallados perimetrales. 2015».
Seguridad y salud de la población.
Se tendrá en cuenta lo dispuesto para las prescripciones adicionales 13,14 y
15.
Prescripción adicional 1.
Se adoptarán las medidas previstas en el proyecto vigente.
Prescripción adicional 2.
El proyecto modificado integrará en el Anejo nº 16 (Integración Ambiental) el
desarrollo del proyecto especificado en la prescripción adicional 2. Las medidas a
adoptar en cuanto a la restauración de este hábitat en zonas de parcelas
expropiadas, en las que la nueva propuesta no supondrá ocupación física, se
propone que sean realizadas por él Área de Conservación y Explotación de
Carreteras de A Coruña en el uso de sus facultades de conservación de la
infraestructura, una vez ésta entre en servicio y haya expirado el plazo de garantía
de las obras, debido a que dicho hábitat requiere de trabajos regulares anuales
como siegas, control de influencias de factores abióticos, etc.
Prescripción adicional 3.
En atención a la prescripción nº 3, el proyecto modificado añadirá a las
medidas compensatorias el caso de la reposición de ejemplares de Erica ciliaris.
Debido a que esta especie está presente en un único punto (PK 2+120 MI:
Superficie de 65 m2 y densidad inferior a 0,25 ej/m2), esta medida plantea una
mínima repercusión económica, que se contemplará en el marco de las medidas
compensatorias. En todo caso, su desarrollo se tendrá en cuenta lo establecido por
el Plan Director de la Red Natura 2000 de Galicia (Art. 60.2.g).
Se incluirá en el proyecto modificado el programa de seguimiento ambiental de
las medidas compensatorias por, al menos, un plazo de 5 años posteriores a la
ejecución de las obras. Este programa de seguimiento ambiental figura en el
apartado 9.6 del Documento Ambiental sometido a Evaluación de Impacto
Ambiental Simplificada. Se recuerda que la realización de dichas medidas y su
seguimiento será realizado por el Grupo de Investigación Análisis y Conservación
de la Biodiversidad de la Universidad de Santiago de Compostela conforme a la
Memoria de medidas compensatorias aprobada por la Dirección Xeral de
Patrimonio Natural de la Xunta de Galicia.
cve: BOE-B-2021-17560
Verificable en https://www.boe.es
Prescripciones adicionales 4, 5 y 6.