III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-5628)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Asociación Española para la Calidad, en materia de propiedad industrial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Viernes 9 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 40015

II. Que la AEC es una asociación sin ánimo de lucro de ámbito nacional, fundada
en el año 1961 por un grupo de profesionales de la Calidad con el objetivo de defender e
impulsar la calidad como motor del desarrollo de las personas, la competitividad de las
organizaciones y la mejora de la sociedad.
En virtud de lo cual, las partes convienen en suscribir el presente Convenio en
materia de derechos de Propiedad Industrial, Calidad e Innovación, en base a las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene como objeto establecer un marco de colaboración entre
la OEPM y la AEC, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el conocimiento y la
utilización de la Propiedad Industrial y de la disciplina Calidad.
El Convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional
entre la OEPM y la AEC que contribuya a alcanzar los fines mencionados anteriormente.
Segunda.

Obligaciones de la OEPM.

La OEPM se obliga por el presente Convenio a la realización de las siguientes
actuaciones:
1. Colaborar en la difusión de los derechos de Propiedad Industrial a nivel general
para generar un mayor conocimiento en la materia mediante la realización de jornadas
informativas específicas dirigidas a los miembros de AEC.
2. Prestar apoyo para formar a los profesionales de AEC responsables de la
gestión de la Propiedad Industrial. Asimismo, cooperar en la organización de jornadas
formativas con el objeto de dar a conocer el sistema de protección de la Propiedad
Industrial en sus diversas formas, los servicios de información tecnológica que ofrece la
OEPM y los mecanismos de protección de los resultados de investigación y desarrollo
tecnológico.
3. Incluir en su página web un enlace directo a la página web de AEC.
4. Proporcionar a AEC su revista electrónica Info PI para su difusión a través de la
página web del Consorcio.
5. Cesión de espacios de reunión a la AEC para sus eventos, en la medida de sus
posibilidades hasta en un máximo de 8 ocasiones a lo largo del año, dotando dichos
espacios de los requerimientos técnicos y de la infraestructura necesaria para el correcto
desarrollo de la actividad.
Tercera. Obligaciones de la Asociación Española para la Calidad.

1. La AEC considerará a la OEPM como socio de la AEC durante el periodo de
duración del presente Convenio, disfrutando de todos los derechos y deberes que le
corresponden como asociado.
2. La AEC ofrecerá a tres (3) empleados de la OEPM la posibilidad de realizar un
máximo de cuatro (4) cursos que estén dentro de la oferta formativa propia de la
Asociación mientras tenga validez el presente convenio, siempre que se cumplan los
siguientes requisitos, a saber:
a) Que desde la AEC se cubra el número suficiente de alumnos para que se
confirme la realización del curso.
b) Que el valor del curso no supere los 400,00 euros por alumno.

cve: BOE-A-2021-5628
Verificable en https://www.boe.es

La AEC se obliga por el presente Convenio a la consecución de las siguientes
concesiones: