III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2021-5614)
Resolución de 26 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Deusto, para el desarrollo de prácticas académicas externas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39915
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del Ministerio del
Interior y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del Ministerio
del Interior, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la
entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con el Ministerio del Interior.
Séptima. Seguros.
El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplemento correspondientes al
mismo, bien a través de los seguros contratados por el propio estudiante o por la
Universidad, a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de enfermedad y
accidentes, que incluya asistencia sanitaria, así como cobertura por responsabilidad civil
(o garantía financiera equivalente). Dichos seguros extenderán su vigencia al lugar
donde los estudiantes realicen las prácticas.
Octava.
Duración de las prácticas.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente.
Las prácticas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no superior al
cincuenta por ciento del curso académico.
Novena.
Financiación.
Este Convenio no implica la transferencia de recursos económicos entre las partes ni
ningún tipo de gastos para el Ministerio del Interior.
Corresponderá a la Universidad el alta y cotización a la Seguridad Social del
estudiante en los términos establecidos en la disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Confidencialidad y protección de datos.
1. Las partes se comprometen a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente
Convenio. En particular, será considerado como información confidencial todo el saber hacer
resultante de la ejecución del objeto del mismo, debiendo las partes mantener dicha
información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, total o parcialmente, a
ninguna persona física o jurídica que no sea parte del Convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos; y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter personal
respectivamente recabados de los alumnos que realicen las prácticas universitarias objeto de
este Convenio. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y exclusivamente
con la finalidad derivada de la realización de las prácticas correspondientes. Los datos de
carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a
encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otros organismos o
Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
cve: BOE-A-2021-5614
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 85
Viernes 9 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39915
f) Elaboración de la memoria final de las prácticas y, en su caso, del informe intermedio.
g) Guardar confidencialidad en relación con la información interna del Ministerio del
Interior y guardar secreto profesional sobre sus actividades, durante su estancia y
finalizada ésta.
h) Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa hacia la política del Ministerio
del Interior, salvaguardando el buen nombre de la universidad a la que pertenece.
i) Cualquier otro deber previsto en la normativa vigente y/o en los correspondientes
Convenios de Cooperación Educativa suscrito por la Universidad y, en su caso, la
entidad gestora de prácticas vinculada a la misma, con el Ministerio del Interior.
Séptima. Seguros.
El estudiante, bien a través del seguro escolar y/o suplemento correspondientes al
mismo, bien a través de los seguros contratados por el propio estudiante o por la
Universidad, a tal efecto, deberá estar cubierto para la contingencia de enfermedad y
accidentes, que incluya asistencia sanitaria, así como cobertura por responsabilidad civil
(o garantía financiera equivalente). Dichos seguros extenderán su vigencia al lugar
donde los estudiantes realicen las prácticas.
Octava.
Duración de las prácticas.
Las prácticas curriculares tendrán la duración que establezca el plan de estudios
correspondiente.
Las prácticas extracurriculares tendrán una duración preferentemente no superior al
cincuenta por ciento del curso académico.
Novena.
Financiación.
Este Convenio no implica la transferencia de recursos económicos entre las partes ni
ningún tipo de gastos para el Ministerio del Interior.
Corresponderá a la Universidad el alta y cotización a la Seguridad Social del
estudiante en los términos establecidos en la disposición adicional quinta del Real
Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo.
Confidencialidad y protección de datos.
1. Las partes se comprometen a mantener en secreto todos los datos e informaciones
facilitados por la otra parte y que sean concernientes a la ejecución del objeto del presente
Convenio. En particular, será considerado como información confidencial todo el saber hacer
resultante de la ejecución del objeto del mismo, debiendo las partes mantener dicha
información en reserva y secreto y no revelarla de ninguna forma, total o parcialmente, a
ninguna persona física o jurídica que no sea parte del Convenio.
2. Las partes se obligan al cumplimiento de lo previsto en el Reglamento (UE)
2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos; y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
A estos efectos, las entidades firmantes del Convenio tendrán la consideración de
responsables de los tratamientos propios en los que se incorporen datos de carácter personal
respectivamente recabados de los alumnos que realicen las prácticas universitarias objeto de
este Convenio. El acceso a los datos por parte de una de las entidades al tratamiento de la
otra parte, se realizará con la condición de encargado de tratamiento, única y exclusivamente
con la finalidad derivada de la realización de las prácticas correspondientes. Los datos de
carácter personal no serán cedidos ni comunicados a terceros, salvo cuando se cedan a
encargados de tratamiento legitimados o cuando se cedan a otros organismos o
Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
cve: BOE-A-2021-5614
Verificable en https://www.boe.es
Décima.