III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Puertos. (BOE-A-2021-5625)
Orden TMA/329/2021, de 25 de marzo, por la que se aprueba la valoración de terrenos y aguas de la zona de servicio del puerto de Avilés, incluidos los terrenos afectados a ayudas a la navegación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85

Viernes 9 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 39992

y Oeste, con terrenos del Ayuntamiento de Coaña; y al Sur, con terrenos del Principado
de Asturias.
Faro de Tapia de Casariego.
Finca urbana de dominio público, situada en Tapia de Casariego. Linda en todos sus
extremos con lámina de agua excepto por el Sureste, por donde está el camino de
acceso.
Faro de la Punta de la Cruz.
Parcela de 131,85 m2 de superficie, situada en el término municipal de Castropol, en
el extremo de Punta de la Cruz.
Enfilación de Arroxo.
Se corresponde con un conjunto de dos parcelas de 3,52 m2 de superficie cada una,
situadas en el término municipal de Castropol, en la zona del Castelo de Arroxo.
Lámina de agua
Zona I o interior.
Está constituida por las aguas de la Ría, desde el puente de San Sebastián hasta la
bocana de salida del Puerto, a la altura del Faro de Avilés. La superficie de agua incluida
en esta zona es de 171,32 ha, distribuidas en 51,8 ha de dársenas comerciales, 2,83 ha
de dársenas pesqueras y 116,69 ha para otros usos.
Esta zona está dividida en las siguientes partes:
Zona l1.
Es la parte de la Zona I de aguas del Puerto comprendida entre el límite entre las
zonas I y ll de aguas y una línea recta que pasa por el extremo Norte del Muelle Oeste
de la Dársena de San Juan de Nieva con el extremo Este del Muelle Sur de la citada
dársena, descontando la zona I2p. Su superficie es de 448.165,42 m2.
Zona I2p.
Área de 163.263,41 m2 de superficie de la zona abrigada denominada Charca de
Zeluán y Ensenada de Llodero (Avilés y Gozón), declarada Monumento Nacional por
Decreto 100/2002, de 25 de julio, del Principado de Asturias, con la nueva delimitación
dada por el Decreto 22/2003, de 27 de marzo.
Zona I2.
Resto de la Zona l, con una superficie de 1.225.271,17 m2.

Incluye las aguas comprendidas entre las alienaciones Norte-Sur, correspondientes
al Cabo de Vidrias al Oeste y punta Lampero al Este, con un límite de dos millas
contorneando la costa. La superficie de agua incluida en esta zona es de 4.719,85 ha, de
las cuales 192 ha se utilizan para fondeadero.
La propuesta de valoración ha sido elaborada y tramitada de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 177 del vigente Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado
y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de
septiembre, habiéndose sometido a un trámite de información pública y obtenido informe
favorable del Ministerio de Hacienda y del organismo público Puertos del Estado.

cve: BOE-A-2021-5625
Verificable en https://www.boe.es

Zona ll o exterior.