III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2021-5545)
Resolución 420/38079/2021, de 15 de marzo, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Conferencia de Centros Universitarios de Ingenierías Agroalimentarias y Forestales de las Universidades Españolas, para el desarrollo de actividades conjuntas en Zona de Operaciones.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39451
5. El cumplimiento y la resolución del Convenio, dará lugar a la liquidación del
mismo.
Duodécima. Consecuencias
compromisos.
en
caso
de
incumplimiento
de
obligaciones
y
En el caso de causa de resolución por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, con arreglo a los
artículos 49.e) y 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cualquiera de las partes podrá
notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 30 días
naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta. Si trascurrido el plazo
indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará
a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
Convenio.
La resolución del Convenio por esta causa no conllevará indemnización por los
perjuicios causados, al no haber obligaciones y compromisos económicos asumidos
entre las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por
el Ministerio de Defensa, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban
López Calderón.–Por la Conferencia de Centros Universitarios de Ingenierías
Agroalimentarias y Forestales de las Universidades Españolas, el Presidente, Luis Ricote
Lázaro.
ANEXO
Acto de adhesión
«Acto de adhesión de XXX.
D/D.ª ............................................................., en representación de XXX, nombrado
por …….................. y en ejercicio de sus competencias recogidas en ...........................
Que con fecha …… de ……… de 2020, el General del Aire Jefe de Estado Mayor de
la Defensa y el Director de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica,
Alimentaria y de Biosistemas de la Universidad Politécnica de Madrid y Presidente de la
Conferencia de Centros Universitarios de Ingenierías Agroalimentarias y Forestales de
España, suscribieron el «CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y LA
CONFERENCIA
DE
CENTROS
UNIVERSITARIOS
DE
INGENIERÍAS
AGROALIMENTARIAS Y FORESTALES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS,
PARA EL DESARRROLLO DE ACTIVIDADES CONJUNTAS EN ZONAS DE
OPERACIONES».
Que mediante la suscripción del presente acto de adhesión, ………………………….,
expresa su voluntad de adherirse a dicho Convenio, y acepta de forma incondicionada la
totalidad de sus cláusulas en cuanto le sea de aplicación.
La adhesión tiene efectos desde la fecha de inscripción de la presente acta en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, previa firma, y perdurará durante el periodo de vigencia del citado
Convenio.»
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-5545
Verificable en https://www.boe.es
MANIFIESTA
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39451
5. El cumplimiento y la resolución del Convenio, dará lugar a la liquidación del
mismo.
Duodécima. Consecuencias
compromisos.
en
caso
de
incumplimiento
de
obligaciones
y
En el caso de causa de resolución por incumplimiento de las obligaciones y
compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, con arreglo a los
artículos 49.e) y 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, cualquiera de las partes podrá
notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de 30 días
naturales con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos.
Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta. Si trascurrido el plazo
indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará
a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el
Convenio.
La resolución del Convenio por esta causa no conllevará indemnización por los
perjuicios causados, al no haber obligaciones y compromisos económicos asumidos
entre las partes.
Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman el presente Convenio en
dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por
el Ministerio de Defensa, el Jefe del Estado Mayor de la Defensa, Teodoro Esteban
López Calderón.–Por la Conferencia de Centros Universitarios de Ingenierías
Agroalimentarias y Forestales de las Universidades Españolas, el Presidente, Luis Ricote
Lázaro.
ANEXO
Acto de adhesión
«Acto de adhesión de XXX.
D/D.ª ............................................................., en representación de XXX, nombrado
por …….................. y en ejercicio de sus competencias recogidas en ...........................
Que con fecha …… de ……… de 2020, el General del Aire Jefe de Estado Mayor de
la Defensa y el Director de la Escuela Técnica Superior de Ingeniería Agronómica,
Alimentaria y de Biosistemas de la Universidad Politécnica de Madrid y Presidente de la
Conferencia de Centros Universitarios de Ingenierías Agroalimentarias y Forestales de
España, suscribieron el «CONVENIO ENTRE EL MINISTERIO DE DEFENSA Y LA
CONFERENCIA
DE
CENTROS
UNIVERSITARIOS
DE
INGENIERÍAS
AGROALIMENTARIAS Y FORESTALES DE LAS UNIVERSIDADES ESPAÑOLAS,
PARA EL DESARRROLLO DE ACTIVIDADES CONJUNTAS EN ZONAS DE
OPERACIONES».
Que mediante la suscripción del presente acto de adhesión, ………………………….,
expresa su voluntad de adherirse a dicho Convenio, y acepta de forma incondicionada la
totalidad de sus cláusulas en cuanto le sea de aplicación.
La adhesión tiene efectos desde la fecha de inscripción de la presente acta en el
Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector
público estatal, previa firma, y perdurará durante el periodo de vigencia del citado
Convenio.»
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-A-2021-5545
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