III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-5556)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 12 de marzo de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto base en la provincia de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39531
Cualquier buque con puerto base en la provincia de Lugo, esté o no en el
Anexo I, durante el período de la pesca dirigida, no podrá en ningún caso, tener
más del 50% de caballa sobre el total de capturas de una marea. Este porcentaje
no será de aplicación a los buques del Anexo I cuanto estén a la pesca dirigida
con línea y/o cordel.»
Segundo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 31 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
ANEXO I
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura de kilos de
caballa para la campaña 2021
Buques con 1,5 tripulantes y tope común de 6.783 kg por buque
Nombre buque
CFPO
ÁNGEL MANUEL PRIMERO.
22119
A FERVENZA*.
26612
* Buque con puerto base en la provincia de Lugo desde agosto de 2020.
Buques con 2 tripulantes y tope común de 9.044 kg por buque
CFPO
ANA BELEN.
15581
AXIÑA.
24370
CARMEN PRIMERA.
24353
CARMIÑA.
4288
O CIELITO.
24534
PLAYA DE ALEGRIN.
24393
PRAIA DE LLAS.
26855
SEGUNDO PAJARITO.
23103
SERANTES OTERO.
24206
SIEMPRE FORTUNA.
265
TIBURON DOUS.
26389
VIRXEN DOS MARES.
25936
cve: BOE-A-2021-5556
Verificable en https://www.boe.es
Nombre buque
Núm. 84
Jueves 8 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 39531
Cualquier buque con puerto base en la provincia de Lugo, esté o no en el
Anexo I, durante el período de la pesca dirigida, no podrá en ningún caso, tener
más del 50% de caballa sobre el total de capturas de una marea. Este porcentaje
no será de aplicación a los buques del Anexo I cuanto estén a la pesca dirigida
con línea y/o cordel.»
Segundo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un
mes, se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y
Alimentación de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación
con el 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 31 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz
Iglesias.
ANEXO I
Listado de barcos que pueden hacer pesca dirigida y topes de captura de kilos de
caballa para la campaña 2021
Buques con 1,5 tripulantes y tope común de 6.783 kg por buque
Nombre buque
CFPO
ÁNGEL MANUEL PRIMERO.
22119
A FERVENZA*.
26612
* Buque con puerto base en la provincia de Lugo desde agosto de 2020.
Buques con 2 tripulantes y tope común de 9.044 kg por buque
CFPO
ANA BELEN.
15581
AXIÑA.
24370
CARMEN PRIMERA.
24353
CARMIÑA.
4288
O CIELITO.
24534
PLAYA DE ALEGRIN.
24393
PRAIA DE LLAS.
26855
SEGUNDO PAJARITO.
23103
SERANTES OTERO.
24206
SIEMPRE FORTUNA.
265
TIBURON DOUS.
26389
VIRXEN DOS MARES.
25936
cve: BOE-A-2021-5556
Verificable en https://www.boe.es
Nombre buque