III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-5556)
Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se modifica la de 12 de marzo de 2021, por la que se establecen disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto base en la provincia de Lugo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Jueves 8 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 39530

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN
5556

Resolución de 31 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por
la que se modifica la de 12 de marzo de 2021, por la que se establecen
disposiciones adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa
(scomber scombrus) de la zonas VIIIc y IXa para los buques de la flota de
otras artes distintas al arrastre y cerco del Cantábrico y Noroeste con puerto
base en la provincia de Lugo.

La Resolución de 12 de marzo 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que
se modifica la de 26 de febrero de 2021, por la que se establecen disposiciones
adicionales de ordenación de la pesquería de la caballa (Scomber scombrus) de las
zonas 8c y 9a para los buques de la flota de otras artes distintas al arrastre y cerco del
Cantábrico y Noroeste con puerto base en la provincia de Lugo (BOE del 19 de marzo
de 2021) estableció que para esta flota corresponde una asignación global
de 631.924,51 Kg de caballa para el año 2021. De igual forma, en dicha Resolución se
establecía la cantidad de cuota para el primer trimestre de 2021, en base a una
asignación de cuota 2021 del 72% del TAC 2020.
En el Consejo de Ministros de Pesca de la Unión Europea celebrado entre el 22 y 23
de marzo de 2021, se ha conseguido la adopción del TAC definitivo 2021 del stock de
caballa MAC/8C3411.
Es en este momento, por tanto, en el que se procede a deducir la multa por la
sobrepesca realizada en 2009, de 5.544 t. correspondiente al año 2021. Por tanto, la
cifra que ahora se reparte de caballa entre toda la flota española con asignación de
cuota de caballa, modalidades, buques y grupos de buques, es de 1.547 toneladas.
Dicha asignación se lleva a cabo por las claves de reparto existentes. De esta cantidad,
lo que corresponde a otras artes distintas al arrastre y cerco es de 564.743 Kg, de los
cuáles 32.692,95 Kg, son para los barcos de otras artes con puerto base en la provincia
de Lugo. Así, la cuota final 2021 de los barcos de otras artes con puerto base en la
provincia de Lugo para 2021, se sitúa en 664.617,46 Kg.
En base a este incremento de la cuota para la provincia de Lugo, la Federación
provincial ha revisado los topes de capturas de los barcos del Anexo de la Resolución
de 12 de marzo de 2021. Por tanto, procede modificar el Anexo de dicha Resolución.
En virtud de lo anterior, la Secretaria General de Pesca, oído el sector afectado,
resuelve lo siguiente:
Primero.

«La cuota inicial de caballa en 2021 para los barcos objeto de esta Resolución
es de 664.617,46 Kg De esa cantidad se reservan 639.892,95 Kg para los barcos
que, realizando sus capturas con líneas de mano y/o cordel, cuenten con topes de
capturas de kilos (pesca dirigida) y que aparecen referenciados en el listado de
referencia que figura en el Anexo I. Esta fijación de topes de captura, realizada
según su número de tripulantes medio en el año 2020 estando con puerto base en
la provincia de Lugo, con un máximo de 7 tripulantes. Para las embarcaciones que
no tienen el año natural completo con puerto base en la provincia de Lugo,
computará el período de alta en el Instituto Social de la Marina en el año 2020, y
se dividirá entre los doce meses del año natural. En ningún caso esta fijación de
topes de captura generará derechos históricos para ningún barco.

cve: BOE-A-2021-5556
Verificable en https://www.boe.es

El apartado Primero de la Resolución de 12 de marzo de 2021 se modifica y queda
como sigue: