III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2021-5553)
Resolución de 30 de marzo de 2021, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A., por la que se publica el Convenio con la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84

Jueves 8 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 39513

II. Que Crue Universidades Españolas, es una asociación sin ánimo de lucro de
ámbito estatal, constituida en diciembre de 1994 y formada por las Universidades públicas
y privadas españolas asociadas a tenor de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo,
aprobado por Real Decreto 1497/2003, de 28 de noviembre, y de sus relaciones con los
restantes registros de asociaciones y normas complementarias de aplicación.
Tal y como reflejan sus Estatutos, Crue Universidades Españolas promueve la
reflexión sobre las finalidades y problemas universitarios y pretende configurar un cauce
ágil, efectivo y representativo de las instituciones españolas que facilite la cooperación
mutua y que persigue, entre otras funciones, reforzar la proyección social de la
Universidad y su compromiso con la sociedad.
III. Que la investigación es un factor determinante para el éxito y consolidación de las
Universidades, siendo su protección legal, mediante las distintas modalidades de
propiedad industrial, un elemento indispensable para garantizar al titular derechos
exclusivos sobre ellas e impedir que terceros exploten sus innovaciones, siendo las
patentes, además, potentes herramientas de internacionalización.
IV. Para que las Universidades Españolas cuenten con una ventaja diferenciadora,
que contribuya a satisfacer el requisito de la competitividad internacional, es indispensable
el conocimiento de los derechos de propiedad industrial y su adecuada protección.
V. En virtud de lo cual, ambas partes acuerdan suscribir el siguiente Convenio, que
se regirá por las siguientes,
ESTIPULACIONES
Primera.

Objeto del convenio.

El presente Convenio tiene como objeto establecer un marco de cooperación entre la
OEPM y Crue Universidades Españolas, con el fin de facilitar, impulsar y estimular el
conocimiento y la utilización de los derechos de propiedad industrial.
El Convenio permitirá establecer un canal bidireccional de comunicación institucional
entre la OEPM y Crue Universidades Españolas que contribuya a alcanzar los fines
mencionados anteriormente.
Segunda.

Obligaciones de la OEPM.

1. Colaborar en la difusión de los derechos de propiedad industrial a nivel general
con Crue Universidades Españolas para generar un mayor conocimiento en la materia
mediante la realización de jornadas informativas específicas dirigidas al personal de las
Universidades españolas, contribuyendo con ello al perfeccionamiento de la formación de
este colectivo.
2. Prestar apoyo para formar a investigadores, personal de Bibliotecas, profesionales
responsables de la gestión de la propiedad industrial de las Universidades españolas y
especialmente personal de las Oficinas de Transferencia de Resultados de Investigación
(OTRIS). Asimismo, cooperar en la organización de jornadas formativas dirigidas a estos
colectivos, con el objeto de dar a conocer el sistema de protección de la propiedad
industrial en sus diversas formas, los servicios de información tecnológica que ofrece la
OEPM y los mecanismos de protección de los resultados de investigación y desarrollo
tecnológico.
3. Incluir en su página web un enlace directo a la página web de Crue Universidades
Españolas (www.crue.org).
4. Proporcionar a Crue Universidades Españolas su revista electrónica Info PI para
su difusión.

cve: BOE-A-2021-5553
Verificable en https://www.boe.es

La OEPM se obliga por el presente Convenio a la realización de las siguientes
actuaciones: