III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Convenios. (BOE-A-2021-5437)
Resolución de 4 de diciembre de 2020, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se publica el Convenio con la Asociación de Navieros Españoles, para la concesión directa de una subvención en el año 2020 por embarque de alumnos en prácticas de puente y máquinas para la obtención de las titulaciones profesionales de la marina mercante.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 83

Miércoles 7 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 39167

a) Por incumplimiento por parte de una de las partes de las obligaciones a las que
se comprometen.
b) Por mutuo acuerdo entre las dos partes.
2. Todas las controversias que pudieran surgir en la interpretación y cumplimiento
del presente Convenio serán de conocimiento y competencia de la jurisdicción
contencioso-administrativa.
Decimocuarta.

Incumplimientos y reintegros.

Los incumplimientos y el procedimiento de reintegro se regirán por lo establecido en
el artículo 6 del Real Decreto 882/2020, de 6 de octubre.
Decimoquinta.

Infracciones y sanciones.

Las posibles infracciones que pudiesen ser cometidas por las entidades beneficiarias
se sancionarán de acuerdo con lo establecido en título IV de la Ley 38/2003 General de
subvenciones y en el título IV de su reglamento.

cve: BOE-A-2021-5437
Verificable en https://www.boe.es

Y en prueba de conformidad, firman el presente Convenio, por triplicado ejemplar, y
todas sus hojas, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por el Ministerio de
Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, el Secretario de Estado de Transportes,
Movilidad y Agenda Urbana, P.D. Orden FOM 1644/2012 de 23 julio (BOE 25 de julio de
2012), el Director General de la Marina Mercante, Benito Núñez Quintanilla.–Por la
Asociación de Navieros Españoles, la Directora General, Elena Seco García-Valdecasas.

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X