II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Funcionarios de los Subgrupos A1, A2, C1 y C2. (BOE-A-2021-5283)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puestos de trabajo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 38357
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995. Su designación
recaerá en el órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a las personas concursantes que hayan
obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto
en la convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del concurso la persona
participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los
procedimientos legalmente previstos deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación y, en todo
caso, antes de su constitución, la Comisión de Valoración del concurso acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Departamento www.mites.gob.es
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados) se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a las personas candidatas de las valoraciones provisionales
otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de los
méritos para los distintos puestos. En dichos listados se establecerá un periodo de
alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría en un plazo máximo
de cuatro meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias,
y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias
expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial
de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública
de cese de las personas a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de
titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde
una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia
o el reingreso al servicio activo.
cve: BOE-A-2021-5283
Verificable en https://www.boe.es
Décima.
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. II.B. Pág. 38357
Se podrán incorporar a la Comisión de Valoración, cuando ésta lo considere
oportuno, expertos que en calidad de asesores actúen con voz pero sin voto, de acuerdo
con el artículo 46 del Reglamento aprobado por Real Decreto 364/1995. Su designación
recaerá en el órgano convocante previa solicitud de la Comisión de Valoración.
2. La Comisión de Valoración propondrá a las personas concursantes que hayan
obtenido mayor puntuación entre los que consigan la mínima exigida, para cada puesto
en la convocatoria.
3. Las puntuaciones otorgadas, así como la valoración final, deberán reflejarse en
el acta que se levantará al efecto.
Octava. Procedimiento de exclusión, renuncias y desistimientos a la participación en el
concurso.
1. Si en cualquier momento anterior a la resolución del concurso la persona
participante hubiera obtenido un puesto con carácter definitivo por cualquiera de los
procedimientos legalmente previstos deberá comunicarlo al órgano convocante.
2. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes de participación y, en todo
caso, antes de su constitución, la Comisión de Valoración del concurso acordará la
exclusión de las personas candidatas que no reúnan los requisitos exigidos en la
convocatoria, abriendo plazo de cinco días hábiles para las posibles subsanaciones por
parte de las personas excluidas.
Al listado de exclusiones se le dará la publicidad suficiente que será, con carácter
mínimo, su publicación en la página web de este Departamento www.mites.gob.es
3. La renuncia parcial a la solicitud de participación en un concurso se permitirá
hasta la fecha en la que se reúna la Comisión de Valoración del concurso. De la fecha de
la reunión se dará publicidad con suficiente antelación.
4. El desistimiento de la solicitud realizada (implica el desistimiento de la solicitud
en sí misma, incluyendo la totalidad de los puestos solicitados) se admitirá hasta al día
anterior a la fecha de publicación de los listados provisionales de valoración de las
solicitudes. Dicha fecha será objeto de publicidad con la debida antelación. De las
valoraciones provisionales se dará también la suficiente publicidad.
Novena.
Listados provisionales de valoración de méritos.
Con el fin de informar a las personas candidatas de las valoraciones provisionales
otorgadas, la Comisión de Valoración publicará listados provisionales de valoración de los
méritos para los distintos puestos. En dichos listados se establecerá un periodo de
alegaciones.
Resolución del concurso.
1. La convocatoria se resolverá por Resolución de la Subsecretaría en un plazo máximo
de cuatro meses, desde el día siguiente al de la finalización de la presentación de instancias,
y se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», salvo que concurran las circunstancias
expuestas en la base tercera, punto 2, en cuyo caso podrá procederse a la resolución parcial
de los puestos no afectados directa o indirectamente por estas circunstancias.
2. En la Resolución, que deberá estar motivada en los términos del artículo 47.2 del
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, se hará indicación expresa del puesto de
trabajo, localidad, órgano directivo y Departamento ministerial o Administración pública
de cese de las personas a quienes se les adjudique destino, así como de su subgrupo de
titulación. Se indicará la situación administrativa de procedencia cuando participen desde
una situación distinta a la de servicio activo.
3. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días
hábiles si no implica cambio de residencia o de un mes si comporta cambio de residencia
o el reingreso al servicio activo.
cve: BOE-A-2021-5283
Verificable en https://www.boe.es
Décima.