III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2021-5309)
Resolución de 24 de febrero de 2021, de la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife, por la que se aprueba y publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de remolque en los puertos adscritos a la Autoridad Portuaria de Santa Cruz de Tenerife.
49 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38505
b. Cuando la empresa acredite disponer de los medios materiales exigidos en la
Prescripción 12.ª, y demuestre su capacidad para mantener dichos equipos en las
condiciones exigidas en la misma.
Prescripción 12.ª
a)
Medios humanos y materiales mínimos exigidos.
Medios materiales mínimos exigidos para prestar el servicio.
1. En aplicación de lo establecido en los artículos 109.2 y 113.4.g) del TRLPEMM,
los medios materiales mínimos exigidos a cada operador que opte a prestar el servicio
de remolque portuario en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife son los siguientes 4 remolcadores:
Características
Remolcador 1 Santa Cruz Tenerife y Granadilla
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Características
Remolcador 2 Santa Cruz Tenerife y Granadilla
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Características
Remolcador La Palma
Potencia mínima.
3.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
35 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Remolcador: dársena de Granadilla y puertos de los Cristianos,
San Sebastián de la Gomera, La Estaca
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
2. Los dos remolcadores destinados al servicio del puerto de Santa Cruz de
Tenerife, tendrán necesariamente su base en el puerto de Santa Cruz de Tenerife y su
puesto base de atraque será designado por la Autoridad Portuaria, así como cualquier
cambio en el mismo.
El remolcador destinado al servicio del puerto de Santa Cruz de La Palma tendrá
necesariamente su base en este puerto y su puesto base de atraque será designado por
la Autoridad Portuaria, así como cualquier cambio en el mismo.
El remolcador destinado al servicio de la dársena de Granadilla y de los puertos de
Los Cristianos, San Sebastián de La Gomera y La Estaca tendrá necesariamente su
base en el puerto de Santa Cruz de Tenerife y su puesto base de atraque será designado
por la Autoridad Portuaria, y se desplazará al puerto donde sea necesario. Este
remolcador puede prestar servicios en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, siempre y
cuando no tenga que atender servicios en la dársena de Granadilla y en los puertos para
los que ha sido designado. Así mismo, dicho remolcador será el que se utilice
cve: BOE-A-2021-5309
Verificable en https://www.boe.es
Características
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38505
b. Cuando la empresa acredite disponer de los medios materiales exigidos en la
Prescripción 12.ª, y demuestre su capacidad para mantener dichos equipos en las
condiciones exigidas en la misma.
Prescripción 12.ª
a)
Medios humanos y materiales mínimos exigidos.
Medios materiales mínimos exigidos para prestar el servicio.
1. En aplicación de lo establecido en los artículos 109.2 y 113.4.g) del TRLPEMM,
los medios materiales mínimos exigidos a cada operador que opte a prestar el servicio
de remolque portuario en los puertos dependientes de la Autoridad Portuaria de Santa
Cruz de Tenerife son los siguientes 4 remolcadores:
Características
Remolcador 1 Santa Cruz Tenerife y Granadilla
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Características
Remolcador 2 Santa Cruz Tenerife y Granadilla
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Características
Remolcador La Palma
Potencia mínima.
3.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
35 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
Remolcador: dársena de Granadilla y puertos de los Cristianos,
San Sebastián de la Gomera, La Estaca
Potencia mínima.
4.000 HP.
Tracción a punto fijo mínima.
50 Tn.
Sistema de propulsión y gobierno.
Acimutal o cicloidal.
2. Los dos remolcadores destinados al servicio del puerto de Santa Cruz de
Tenerife, tendrán necesariamente su base en el puerto de Santa Cruz de Tenerife y su
puesto base de atraque será designado por la Autoridad Portuaria, así como cualquier
cambio en el mismo.
El remolcador destinado al servicio del puerto de Santa Cruz de La Palma tendrá
necesariamente su base en este puerto y su puesto base de atraque será designado por
la Autoridad Portuaria, así como cualquier cambio en el mismo.
El remolcador destinado al servicio de la dársena de Granadilla y de los puertos de
Los Cristianos, San Sebastián de La Gomera y La Estaca tendrá necesariamente su
base en el puerto de Santa Cruz de Tenerife y su puesto base de atraque será designado
por la Autoridad Portuaria, y se desplazará al puerto donde sea necesario. Este
remolcador puede prestar servicios en el puerto de Santa Cruz de Tenerife, siempre y
cuando no tenga que atender servicios en la dársena de Granadilla y en los puertos para
los que ha sido designado. Así mismo, dicho remolcador será el que se utilice
cve: BOE-A-2021-5309
Verificable en https://www.boe.es
Características