II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2021-5296)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Lunes 5 de abril de 2021

Sec. II.B. Pág. 38395

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente
disciplinario, del Servicio de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para
el ejercicio de funciones públicas. En el caso de los aspirantes que no posean la
nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar
sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su estado el acceso a
la Función Pública, debidamente certificado por la autoridad competente del Estado de
procedencia.
e) Declaración de no estar afectado de incompatibilidad en el caso de venir
desempeñando alguna actividad pública o percibiendo alguna pensión.
Los españoles que tuvieran la condición de funcionario de carrera estarán exentos de
justificar los documentos y requisitos de los apartado b), c) y d), debiendo presentar
certificación del Ministerio u Organismo del que dependan acreditativa de su condición
de funcionario y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicio.
El nombramiento propuesto por la Comisión Evaluadora, salvo manifiesta ilegalidad,
será efectuado por el Rector de la Universidad de Córdoba. En caso de que el candidato
propuesto no presentase oportunamente la documentación requerida, el Rector
procederá al nombramiento del siguiente concursante en el orden de valoración
formulado. El nombramiento será comunicado al correspondiente Registro a efectos de
otorgamiento del número de Registro de Personal e inscripción en el Cuerpo respectivo,
publicado en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía» y comunicado a la Secretaría General del Consejo de Universidades.
En el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado, el candidato propuesto
deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de
funcionario de carrera del cuerpo docente de que se trate –si no se ostentase ya dicha
condición–, con los derechos y deberes que le son propios.
Décima.

Tratamiento de datos personales.

Responsable del Tratamiento: Universidad de Córdoba.
Legitimación: Tratamiento necesario para la ejecución de un nombramiento en el que
el interesado es parte. Tratamiento Necesario para el cumplimiento de una obligación
legal aplicable al responsable del tratamiento.
Finalidad: Selección de personal y provisión de puestos de trabajo mediante
convocatorias públicas.
Cesiones o Comunicaciones: Al Registro de personal. Dirección General de Función
Pública. Boletín oficial correspondiente (BOE, BOJA, BOUCO). Usuarios de la web en la
que se publica el proceso selectivo.
Plazo de conservación: Durante el tiempo que dure el proceso selectivo y el
necesario para determinar las responsabilidades derivadas del mismo. En el supuesto de
que el candidato se incorpore a la UCO, durante el tiempo necesario para el

cve: BOE-A-2021-5296
Verificable en https://www.boe.es

Las personas participantes y asistentes en el acto de presentación y desarrollo de las
distintas pruebas del concurso-oposición quedarán sometidas a lo dispuesto en el
Reglamento General de Protección de Datos – Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de
abril; la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal y garantía de los derechos digitales, y demás normativa que resulte de
aplicación. Asimismo, se comprometen a no hacer uso de los datos para una finalidad
distinta de la que motiva el desarrollo de los actos a los que asisten, a no comunicarlos a
terceros sin consentimiento de los interesados, así como a cumplir con las medidas de
seguridad y demás obligaciones derivadas de la legislación de protección de datos de
carácter personal.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 12 y 13 del Reglamento UE 2016/679
(Reglamento General de Protección de Datos), la información básica del tratamiento de
datos personales es la siguiente: