III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2021-5299)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos de países de América Latina, África y Asia, curso académico 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81

Lunes 5 de abril de 2021

Sec. III. Pág. 38449

El DCUC recabará, para su puesta a disposición de la comisión de Valoración, los
informes de los expertos mencionados en los apartados específicos de evaluación de los
programas de becas citados. Los expertos tratarán de forma confidencial la información
cedida.
Tercero.

Expertos.

De acuerdo con los anexos I, II, III, IV y V de la convocatoria, los expertos que
emitirán los informes correspondientes son:
– Programa de residencias artísticas y de investigación para la Real Academia de
España en Roma (RAER) para ciudadanos iberoamericanos. (Programa ROMAIB).
Anexo I. Personal especializado en las áreas relacionadas en el Anexo I, apartado 2.3.
Los expertos serán designados por el Presidente de la AECID, a propuesta del Patronato
de la Academia de España en Roma y trabajarán siguiendo un modelo de evaluación por
pares. Los expertos tendrán derecho a percibir las indemnizaciones correspondientes
por sus trabajos de asesoramiento, en base al Real Decreto 462/2002, sobre
indemnizaciones por razón de servicio, tras la correspondiente autorización del Ministerio
de Hacienda.
– Programa de becas de Máster para funcionarios y personal integrado en los
sistemas públicos de países de América Latina incluidos en las estrategias bilaterales del
V Plan Director de la Cooperación Española y Filipinas (Programa MASTER). Anexo II.
Personal especializado de la AECID, de las Embajadas de España, de las Oficinas
Técnicas de Cooperación de la AECID y de la Escuela Diplomática.
– Programa de Becas para ciudadanos de países de África y Oriente Medio,
incluidos en las estrategias bilaterales del V Plan Director de la Cooperación Española, y
de países de África Subsahariana, receptores de Ayuda Oficial al Desarrollo (AOD).
(Programa BECAS ÁFRICA-MED). Anexo III. Personal especializado de la AECID, de las
Embajadas de España, de las Oficinas Técnicas de Cooperación de la AECID y de la
Escuela Diplomática.
– Programa de becas de formación musical de excelencia en la Escuela Superior de
Música Reina Sofía (ESMRS) (Programa MÚSICA). Anexo IV. Personal especializado de
la ESMRS.
– Programa de becas de colaboración formativa en las sedes de las Academias
asociadas a la Real Academia Española (RAE) (Programa ASALE). Anexo V: Personal
especializado de la RAE y de las academias asociadas.
Cuarto.

Funciones de la comisión.

Quinto. Funcionamiento de la comisión.
La comisión podrá constituirse, convocarse, celebrar sus sesiones, adoptar acuerdos
y remitir actas tanto de forma presencial como a distancia.
La comisión se constituirá en los plazos correspondientes que permitan concluir la
evaluación de las solicitudes con la antelación debida para realizar la propuesta de
concesión de las becas de cada uno de los programas citados.

cve: BOE-A-2021-5299
Verificable en https://www.boe.es

De acuerdo con la base 4.2 de la convocatoria, emitirá el informe previo a la
propuesta de inadmisión de las solicitudes que no cumplan con los requisitos
establecidos, una vez que el órgano instructor lo haya verificado.
En cumplimiento del artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, y de la base 4.5, valorará las solicitudes aplicando los criterios
específicos de evaluación incluidos en los programas de becas citados que se detallan
en los anexos I, II, III, IV y V de la convocatoria, que se atendrán al régimen de
concurrencia competitiva; excepto en las solicitudes de renovación, en las que se
valorarán los informes preceptivos que se detallan en cada programa.