III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Becas. (BOE-A-2021-5299)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se determina la composición y funcionamiento de la Comisión de valoración de la convocatoria de los Programas de Becas MAEC-AECID para ciudadanos de países de América Latina, África y Asia, curso académico 2021-2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38448
entre el personal de la AECID conforme a las características de cada uno de los
programas, siendo al menos dos de ellos y el Secretario funcionarios de la AECID.
A dichos efectos, esta Presidencia, previo informe de la Abogacía del Estado de la
AECID, ha resuelto que la comisión de Valoración estará formada, actuará y funcionará
según se indica a continuación:
Primero. Composición de la comisión.
Presidente: Titular de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.
Vicepresidenta: Titular de la Dirección de Cooperación con América Latina y el
Caribe
Miembros:
–
–
–
–
Titular de la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe.
Titular de la Dirección de Cooperación con África y Asia.
Titular de la Dirección del Gabinete de la AECID.
Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.
Secretario: Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y
Científica.
En casos de ausencia, vacante o enfermedad el Presidente será sustituido por el
Vicepresidente, y el Secretario por uno de los miembros, previo acuerdo de los mismos.
Los suplentes de los miembros de la Comisión serán:
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con Centroamérica,
México y Caribe.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con los Países Andinos y
Cono Sur.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con África Subsahariana.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con Mundo Árabe y Asia.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Coordinación de las Relaciones
Culturales y Científicas.
El régimen de abstención y recusación es el establecido en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la evaluación de las solicitudes del Programa de residencias artísticas y de
investigación para la Real Academia de España en Roma (RAER) para ciudadanos
iberoamericanos. (Programa ROMAIB). Anexo I, de conformidad con lo establecido en el
artículo 14 del Reglamento de la Academia de España en Roma, aprobado por Real
Decreto 813/2001, de 13 de julio, después de la primera fase de evaluación de expertos,
los candidatos pasarán a ser entrevistados por el Patronato de la RAER, que propondrá
a la comisión de Valoración una lista de candidatos.
Órgano instructor.
De acuerdo con la base 4.1 de la convocatoria, el órgano administrativo competente
para la instrucción del procedimiento es la Dirección de Relaciones Culturales y
Científicas, a través del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (en
adelante, DCUC).
El DCUC realizará los trámites de comprobación documental de las solicitudes
establecidos en la base 3 de la convocatoria: Presentación de solicitudes,
documentación y plazos, y en los apartados específicos de documentación incluidos en
los programas de becas que se detallan en los anexos I, II, III, IV y V de la convocatoria,
y verificará si las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos en la base 2, para,
previo informe emitido por la comisión de Valoración, realizar la propuesta de inadmisión
de aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos, base 4.2.
cve: BOE-A-2021-5299
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.
Núm. 81
Lunes 5 de abril de 2021
Sec. III. Pág. 38448
entre el personal de la AECID conforme a las características de cada uno de los
programas, siendo al menos dos de ellos y el Secretario funcionarios de la AECID.
A dichos efectos, esta Presidencia, previo informe de la Abogacía del Estado de la
AECID, ha resuelto que la comisión de Valoración estará formada, actuará y funcionará
según se indica a continuación:
Primero. Composición de la comisión.
Presidente: Titular de la Dirección de Relaciones Culturales y Científicas.
Vicepresidenta: Titular de la Dirección de Cooperación con América Latina y el
Caribe
Miembros:
–
–
–
–
Titular de la Dirección de Cooperación con América Latina y el Caribe.
Titular de la Dirección de Cooperación con África y Asia.
Titular de la Dirección del Gabinete de la AECID.
Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica.
Secretario: Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación Universitaria y
Científica.
En casos de ausencia, vacante o enfermedad el Presidente será sustituido por el
Vicepresidente, y el Secretario por uno de los miembros, previo acuerdo de los mismos.
Los suplentes de los miembros de la Comisión serán:
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con Centroamérica,
México y Caribe.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con los Países Andinos y
Cono Sur.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con África Subsahariana.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Cooperación con Mundo Árabe y Asia.
– Titular de la Jefatura del Departamento de Coordinación de las Relaciones
Culturales y Científicas.
El régimen de abstención y recusación es el establecido en los artículos 23 y 24 de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la evaluación de las solicitudes del Programa de residencias artísticas y de
investigación para la Real Academia de España en Roma (RAER) para ciudadanos
iberoamericanos. (Programa ROMAIB). Anexo I, de conformidad con lo establecido en el
artículo 14 del Reglamento de la Academia de España en Roma, aprobado por Real
Decreto 813/2001, de 13 de julio, después de la primera fase de evaluación de expertos,
los candidatos pasarán a ser entrevistados por el Patronato de la RAER, que propondrá
a la comisión de Valoración una lista de candidatos.
Órgano instructor.
De acuerdo con la base 4.1 de la convocatoria, el órgano administrativo competente
para la instrucción del procedimiento es la Dirección de Relaciones Culturales y
Científicas, a través del Departamento de Cooperación Universitaria y Científica (en
adelante, DCUC).
El DCUC realizará los trámites de comprobación documental de las solicitudes
establecidos en la base 3 de la convocatoria: Presentación de solicitudes,
documentación y plazos, y en los apartados específicos de documentación incluidos en
los programas de becas que se detallan en los anexos I, II, III, IV y V de la convocatoria,
y verificará si las solicitudes cumplen con los requisitos establecidos en la base 2, para,
previo informe emitido por la comisión de Valoración, realizar la propuesta de inadmisión
de aquellas solicitudes que no cumplan los requisitos, base 4.2.
cve: BOE-A-2021-5299
Verificable en https://www.boe.es
Segundo.