III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2021-5267)
Resolución de 29 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada en Ceuta, por el que se establece, con carácter experimental, el programa de formación e innovación "Hermes": desarrollo profesional docente a través de estancias formativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 80

Sábado 3 de abril de 2021

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mediante otros docentes con destino en el centro que tengan atribuida en su horario
lectivo actividades de apoyo educativo o a través de sus horas complementarias de
guardia.
2. Los contenidos de la estancia formativa están estructurados del siguiente modo:
a) Sesión inicial que tendrá como finalidad explicar las pautas para el buen
funcionamiento del programa y conectar docentes y centros.
b) Estancia formativa de docentes universitarios para la observación activa de
buenas prácticas en el aula del docente del centro que participa en el programa, así
como la colaboración activa atendiendo al proyecto de colaboración presentado.
c) Estancia formativa de maestros de los centros educativos en la Universidad,
colaborando activamente en el trabajo del docente universitario que participa en el
programa.
d) Jornada final de puesta en común, poniendo especial énfasis en el impacto real
de esta formación en la práctica docente de todos los participantes y estableciendo
compromisos para desarrollar proyectos conjuntos.
Octava.

Evaluación final del programa.

Una vez desarrolladas las distintas actividades de formación que integran el
programa, se realizará una evaluación final en la que una comisión creada a tal efecto
tendrá en cuenta los siguientes apartados:
a) Evaluación del programa y su utilidad e impacto en la mejora de la práctica
docente en la Universidad.
b) Evaluación del programa y su utilidad e impacto en la mejora de la práctica
docente en los centros educativos.
c) Evaluación de la participación y el trabajo colaborativo en la jornada final.
La comisión de selección, seguimiento y evaluación final estará constituida por:
– Presidente: El Director Provincial del MEFP.
– Secretario con voz pero sin voto: El Asesor de Formación del Profesorado de la
Unidad de Programas Educativos (UPE).
– Vocales:
• El Vicerrector de Docencia.
• El Decano de la FEETC.
• El Jefe de la UPE.
• Un representante del Servicio de Inspección Educativa.
• El Vicedecano de la FEETC con competencias en el ámbito de prácticum e
innovación.
Novena.

Vigencia del convenio.

Décima.

Mecanismo de seguimiento, vigilancia y control.

A partir de la entrada en vigor del presente convenio, se constituirá una Comisión de
Seguimiento con representantes designados por ambas partes en régimen de paridad
(dos miembros serán designados por el MEFP y dos por la Universidad de Granada).
Dicha comisión se responsabilizará del seguimiento, vigilancia y control de la
ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, de resolver

cve: BOE-A-2021-5267
Verificable en https://www.boe.es

De conformidad con lo establecido en el art. 49.h) de la ley 40/2015, de 1 de octubre,
la duración de este convenio será de cuatro años desde la firma del mismo.
El convenio será prorrogado cuando así lo acuerden unánimemente los firmantes por
un periodo de hasta cuatro años adicionales, llegado a un total máximo de ocho años.