I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Acción exterior. Cooperación al desarrollo. (BOE-A-2021-5211)
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37945
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
5211
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la
cooperación para el desarrollo de Galicia.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Galicia es una nacionalidad histórica constituida como comunidad autónoma al
amparo de lo previsto en la Constitución española. Desde la aprobación de nuestro
Estatuto de autonomía por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, se han sucedido
profundos y sustanciales cambios en el ordenamiento jurídico español. Sin duda, uno de
los más relevantes ha sido el ligado a la adhesión de España a las comunidades
europeas, conforme previno la Ley orgánica 10/1985, de 2 de agosto. Esto ha propiciado
una apertura sin precedentes de España al exterior y, con el tiempo, ha posibilitado
también cambios estructurales de enorme trascendencia, como la renuncia a emitir
moneda propia, algo inimaginable tan solo unos años atrás y que parecía indisociable de
la naturaleza de todo estado soberano. En este contexto, la doctrina del Tribunal
Constitucional ha ido evolucionando paulatinamente hasta asumir la proyección exterior
de las comunidades autónomas. En efecto, conforme reiterada doctrina del Tribunal
Constitucional, las comunidades autónomas pueden llevar a cabo acciones con
proyección exterior, circunscritas al ámbito de sus competencias estatutariamente
reconocidas y para la promoción de sus intereses, dentro del necesario respeto a las
competencias estatales. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Galicia es una de
las más activas en este campo, a causa de fenómenos como el de nuestra diáspora y la
acelerada internacionalización de nuestra economía, que nos ha elevado en la
clasificación de comunidades exportadoras y expedidoras de bienes y servicios.
Asimismo, esta proyección exterior gallega también se ha desarrollado activamente en el
ámbito de la solidaridad internacional y la cooperación para el desarrollo como expresión
del compromiso de la sociedad gallega con la justicia global dentro del marco definido
por el Estado, la Unión Europea y el sistema de las Naciones Unidas. A este respecto, la
propia Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooperación internacional para el desarrollo,
reconoce expresamente, en su artículo 20, la acción en esta área de las comunidades
autónomas.
La aprobación de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la acción y del servicio exterior
del Estado, inmediatamente seguida por la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de
tratados y otros acuerdos internacionales, abrió nuevas puertas a la proyección exterior
autonómica. Con este aval, y dentro siempre de la indispensable lealtad constitucional, la
Xunta de Galicia aprobó el Decreto 178/2015, de 26 de noviembre, por el que se regula
la acción exterior de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante Draex),
comunicado al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. En el ámbito de la
cooperación internacional también aprobó el Decreto 29/2017, de 9 de marzo, de
cooperación para el desarrollo, con el fin de simplificar y actualizar la normativa de
desarrollo de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo, en
relación con el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, los
órganos de coordinación y asesoramiento, las relaciones interadministrativas y la gestión
de las subvenciones para proyectos de cooperación, entre otras materias.
Con dichos fundamentos jurídicos, el Consejo de la Xunta de Galicia aprobó, el 1 de
febrero de 2018, la Estrategia gallega de acción exterior Horizonte post 2020 (en
adelante Egaex), comunicada igualmente al Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación, previo informe sin ningún voto en contra del Parlamento de Galicia. De
cve: BOE-A-2021-5211
Verificable en https://www.boe.es
I
Núm. 79
Viernes 2 de abril de 2021
Sec. I. Pág. 37945
I. DISPOSICIONES GENERALES
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
5211
Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la
cooperación para el desarrollo de Galicia.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Galicia es una nacionalidad histórica constituida como comunidad autónoma al
amparo de lo previsto en la Constitución española. Desde la aprobación de nuestro
Estatuto de autonomía por Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril, se han sucedido
profundos y sustanciales cambios en el ordenamiento jurídico español. Sin duda, uno de
los más relevantes ha sido el ligado a la adhesión de España a las comunidades
europeas, conforme previno la Ley orgánica 10/1985, de 2 de agosto. Esto ha propiciado
una apertura sin precedentes de España al exterior y, con el tiempo, ha posibilitado
también cambios estructurales de enorme trascendencia, como la renuncia a emitir
moneda propia, algo inimaginable tan solo unos años atrás y que parecía indisociable de
la naturaleza de todo estado soberano. En este contexto, la doctrina del Tribunal
Constitucional ha ido evolucionando paulatinamente hasta asumir la proyección exterior
de las comunidades autónomas. En efecto, conforme reiterada doctrina del Tribunal
Constitucional, las comunidades autónomas pueden llevar a cabo acciones con
proyección exterior, circunscritas al ámbito de sus competencias estatutariamente
reconocidas y para la promoción de sus intereses, dentro del necesario respeto a las
competencias estatales. En este sentido, la Comunidad Autónoma de Galicia es una de
las más activas en este campo, a causa de fenómenos como el de nuestra diáspora y la
acelerada internacionalización de nuestra economía, que nos ha elevado en la
clasificación de comunidades exportadoras y expedidoras de bienes y servicios.
Asimismo, esta proyección exterior gallega también se ha desarrollado activamente en el
ámbito de la solidaridad internacional y la cooperación para el desarrollo como expresión
del compromiso de la sociedad gallega con la justicia global dentro del marco definido
por el Estado, la Unión Europea y el sistema de las Naciones Unidas. A este respecto, la
propia Ley 23/1998, de 7 de julio, de cooperación internacional para el desarrollo,
reconoce expresamente, en su artículo 20, la acción en esta área de las comunidades
autónomas.
La aprobación de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la acción y del servicio exterior
del Estado, inmediatamente seguida por la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, de
tratados y otros acuerdos internacionales, abrió nuevas puertas a la proyección exterior
autonómica. Con este aval, y dentro siempre de la indispensable lealtad constitucional, la
Xunta de Galicia aprobó el Decreto 178/2015, de 26 de noviembre, por el que se regula
la acción exterior de la Comunidad Autónoma de Galicia (en adelante Draex),
comunicado al Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. En el ámbito de la
cooperación internacional también aprobó el Decreto 29/2017, de 9 de marzo, de
cooperación para el desarrollo, con el fin de simplificar y actualizar la normativa de
desarrollo de la Ley 3/2003, de 19 de junio, de cooperación para el desarrollo, en
relación con el Registro Gallego de Agentes de Cooperación para el Desarrollo, los
órganos de coordinación y asesoramiento, las relaciones interadministrativas y la gestión
de las subvenciones para proyectos de cooperación, entre otras materias.
Con dichos fundamentos jurídicos, el Consejo de la Xunta de Galicia aprobó, el 1 de
febrero de 2018, la Estrategia gallega de acción exterior Horizonte post 2020 (en
adelante Egaex), comunicada igualmente al Ministerio de Asuntos Exteriores y
Cooperación, previo informe sin ningún voto en contra del Parlamento de Galicia. De
cve: BOE-A-2021-5211
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