V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2021-15772)
Resolución de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas por la que se otorga la concesión directa de la sección C), denominada "Cerro Rico" número 16177, por reclasificación de la sección A) "Cerro Rico", número 60314, situada en el término municipal de Alcaudete (Jaén), a D. Santiago Cantisano Orive, sobre una superficie de cuatro cuadrículas mineras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 20248
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
15772
Resolución de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas por
la que se otorga la concesión directa de la sección C), denominada
"Cerro Rico" número 16177, por reclasificación de la sección A) "Cerro
Rico", número 60314, situada en el término municipal de Alcaudete
(Jaén), a D. Santiago Cantisano Orive, sobre una superficie de cuatro
cuadrículas mineras.
Visto el expediente elevado por la Delegación Territorial de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidad de la Junta de Andalucía en
Jaén, relativo a la solicitud de otorgamiento de la concesión directa de explotación
de recurso de la Sección C), (Calizas) denominada "CERRO RICO", número
16177, ubicada en el término municipal de Alcaudete (Jaén), cuyo solicitante es D.
Santiago Cantisano Orive, en el que concurren los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La explotación de recursos de la Sección A), calizas, denominada
"CERRO RICO" número 60314, situada en el término municipal de Alcaudete
(Jaén), figura inscrita en los archivos de la Delegación Territorial en Jaén a nombre
de D. Santiago Cantisano Orive.
SEGUNDO.- Con fecha 18 de marzo de 2005, D. Santiago Cantisano Orive,
titular del derecho minero, solicita la reclasificación del recurso que se viene
extrayendo en la citada explotación, amparándose en lo dispuesto en el Real
Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fijan criterios para configurar la
Sección A) de la Ley de Minas, y el pase a concesión de Cuadriculas mineras, con
la siguiente designación:
( ED50)
Vértices
Pp.
1
2
3
Meridianos
4°05'00"
4°05'00"
4°05'40"
4°05'40"
Paralelos
37°36'40"
37°36'00"
37°36'00"
37º36'40"
CUARTO.- Con fecha 4 de junio de 2009, la Delegación Provincial de la
Consejería de Medio Ambiente en Jaén, emitió Declaración de Impacto Ambiental
favorable a la actividad minera, con el condicionado necesario en orden a la
protección del medio ambiente y demás recursos naturales.
QUINTO.- Con fecha 2 de julio de 2012 la Dirección General de Industria
Energía y Minas de la Junta de Andalucía resolvió denegar el otorgamiento de la
concesión directa de explotación de recursos de la Sección C), denominada
"CERRO RICO", por entender que no se cumplían los requisitos establecidos por
el Real Decreto 107/1995, de 27 de enero.
cve: BOE-B-2021-15772
Verificable en https://www.boe.es
TERCERO.- Con fecha 15 de febrero de 2007, la Delegación Provincial de la
Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Jaén, acuerda la reclasificación
como recurso de la Sección C) el material que se viene extrayendo de la
explotación de recursos de la Sección A) denominada "CERRO RICO".
Núm. 76
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 20248
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15772
Resolución de la Secretaría General de Industria, Energía y Minas por
la que se otorga la concesión directa de la sección C), denominada
"Cerro Rico" número 16177, por reclasificación de la sección A) "Cerro
Rico", número 60314, situada en el término municipal de Alcaudete
(Jaén), a D. Santiago Cantisano Orive, sobre una superficie de cuatro
cuadrículas mineras.
Visto el expediente elevado por la Delegación Territorial de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidad de la Junta de Andalucía en
Jaén, relativo a la solicitud de otorgamiento de la concesión directa de explotación
de recurso de la Sección C), (Calizas) denominada "CERRO RICO", número
16177, ubicada en el término municipal de Alcaudete (Jaén), cuyo solicitante es D.
Santiago Cantisano Orive, en el que concurren los siguientes,
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La explotación de recursos de la Sección A), calizas, denominada
"CERRO RICO" número 60314, situada en el término municipal de Alcaudete
(Jaén), figura inscrita en los archivos de la Delegación Territorial en Jaén a nombre
de D. Santiago Cantisano Orive.
SEGUNDO.- Con fecha 18 de marzo de 2005, D. Santiago Cantisano Orive,
titular del derecho minero, solicita la reclasificación del recurso que se viene
extrayendo en la citada explotación, amparándose en lo dispuesto en el Real
Decreto 107/1995, de 27 de enero, por el que se fijan criterios para configurar la
Sección A) de la Ley de Minas, y el pase a concesión de Cuadriculas mineras, con
la siguiente designación:
( ED50)
Vértices
Pp.
1
2
3
Meridianos
4°05'00"
4°05'00"
4°05'40"
4°05'40"
Paralelos
37°36'40"
37°36'00"
37°36'00"
37º36'40"
CUARTO.- Con fecha 4 de junio de 2009, la Delegación Provincial de la
Consejería de Medio Ambiente en Jaén, emitió Declaración de Impacto Ambiental
favorable a la actividad minera, con el condicionado necesario en orden a la
protección del medio ambiente y demás recursos naturales.
QUINTO.- Con fecha 2 de julio de 2012 la Dirección General de Industria
Energía y Minas de la Junta de Andalucía resolvió denegar el otorgamiento de la
concesión directa de explotación de recursos de la Sección C), denominada
"CERRO RICO", por entender que no se cumplían los requisitos establecidos por
el Real Decreto 107/1995, de 27 de enero.
cve: BOE-B-2021-15772
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TERCERO.- Con fecha 15 de febrero de 2007, la Delegación Provincial de la
Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Jaén, acuerda la reclasificación
como recurso de la Sección C) el material que se viene extrayendo de la
explotación de recursos de la Sección A) denominada "CERRO RICO".