V. Anuncios. - A. Contratación del Sector Público. MINISTERIO DE HACIENDA. (BOE-B-2021-15700)
Resolución de la Delegación Especial de Economía y Hacienda en Madrid, por la que se convoca primera subasta pública al alza de inmuebles propiedad de la Administración General del Estado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de marzo de 2021

Sec. V-A. Pág. 20142

proposiciones, regulado en la cláusula siguiente.
SEXTA. Apertura de ofertas.
La Mesa de Subasta antes señalada, en acto público que se celebrará el día
25 de mayo de 2021, en la sede de la Delegación Especial de Economía y
Hacienda en Madrid, a las 10:00 horas, procederá a la apertura de las ofertas
recibidas, contenidas en el sobre B presentado por cada licitador, y declarará mejor
rematante al licitador que haya formulado la postura más elevada (para asistir, ver
cláusula DÉCIMO SEXTA)
Si existiera un empate entre las mejores ofertas, se decidirá en el acto si
estuvieran todos los licitadores presentes, abriéndose una puja al alza y
adjudicándose provisionalmente el bien al que presentara una oferta económica
más elevada.
Si alguno de los licitadores con oferta igualada no estuviera presente, la
adjudicación recaerá sobre el que primero hubiera presentado su oferta, para lo
cual se atenderá a la fecha y hora de entrada en alguno de los registros señalados
en la convocatoria.
Del resultado de las actuaciones indicadas será levantada acta.
SEPTIMA. Devolución de la garantía.
Inmediatamente después de terminada la subasta, la secretaría de la Mesa
procederá a ordenar la devolución de las garantías constituidas en concepto de
fianza a quienes no resulten primeros rematantes o adjudicatarios provisionales.
Se podrá acordar la retención de la garantía del segundo mejor postor para el
supuesto de que el primer rematante o adjudicatario provisional renunciase o no
atendiese a sus obligaciones.
Si se hubiera constituido un depósito en metálico en la Caja de Depósitos o en
alguna de sus sucursales, la devolución se llevará a cabo previa cancelación del
mismo y la posterior transferencia bancaria, por la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera a la cuenta que haya designado el interesado.
OCTAVA. Aprobación de la subasta.
La adjudicación del inmueble se efectuará por Orden del Ministerio de
Hacienda, por lo que deberá ser elevada al Órgano competente el acta de la
subasta por la Delegación Especial de Economía y Hacienda, junto con el
correspondiente expediente, en el plazo de cinco días desde su celebración.
NOVENA. Notificación de la adjudicación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98.1 del RLPAP, la Orden
ministerial de adjudicación se notificará al adjudicatario para que, en el plazo de un
mes desde su recepción, complete el pago del precio del inmueble, previniéndole
que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del RLPAP, si renunciase a
la adquisición o no atendiese a las obligaciones que le corresponden, perderá el
depósito constituido en concepto de garantía, sin perjuicio de la indemnización de
las eventuales pérdidas que se hubiesen originado.
Excepcionalmente, el plazo de un mes podrá ampliarse de forma motivada,

cve: BOE-B-2021-15700
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Núm. 76