I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Rutas aéreas. (BOE-A-2021-4913)
Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo, por la que se modifican temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, en el Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se aprueba la declaración de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 5 de octubre de 2018, por el que se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Melilla/Almería, Melilla/Granada y Melilla/Sevilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76

Martes 30 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 36002

I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
Orden TMA/297/2021, de 29 de marzo, por la que se modifican
temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el
Acuerdo del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se
declaran obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, en el
Acuerdo de Consejo de Ministros de 23 de febrero de 2018, por el que se
aprueba la declaración de obligaciones de servicio público en las rutas
aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, y en el Acuerdo del Consejo de
Ministros de 5 de octubre de 2018, por el que se declaran obligaciones de
servicio público en las rutas aéreas Melilla/Almería, Melilla/Granada y Melilla/
Sevilla.

Los Acuerdos del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se
declaran obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, de 23 de febrero
de 2018, por el que se aprueba la declaración de obligaciones de servicio público en las
rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, y de 5 de octubre de 2018, por el que
se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Melilla-Almería, MelillaGranada y Melilla-Sevilla, establecen en su anexo las condiciones para asegurar que el
transporte aéreo en la ruta sea prestado en condiciones de continuidad, frecuencia,
capacidad y calidad del servicio que cubran razonablemente la demanda existente.
La emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19, declarada pandemia
internacional por la Organización Mundial de la Salud el 11 de marzo de 2020, ha
obligado a los Estados a adoptar diversas medidas tendentes a proteger la salud y
seguridad de los ciudadanos, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el
sistema de salud pública, entre ellas fuertes medidas de restricción de la movilidad en
general. En la actualidad, la pandemia, lejos de haberse contenido o controlado, sigue
expandiéndose, obligando a los Estados y regiones a mantener o seguir adoptando
medidas de restricción de la movilidad que ayuden en la lucha contra la pandemia.
Todas estas medidas han tenido como consecuencia una caída drástica del número
de viajeros y las compañías aéreas, en respuesta a esta disminución de la demanda, se
han visto forzadas a reducir también el número de rutas y operaciones.
Las rutas donde hay declaradas obligaciones de servicio público (rutas OSP) no son
ajenas a esta situación. Para adecuar los niveles de operación requeridos, a la demanda
real existente, en julio de 2020 las condiciones mínimas de operación exigibles fueron
adaptadas en la mayoría de las rutas OSP, mediante la modificación temporal de los
Acuerdos del Consejo de Ministros de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran
obligaciones de servicio público en la ruta Almería-Sevilla, de 23 de febrero de 2018, por
el que se aprueba la declaración de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas
Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, y de 5 de octubre de 2018, por el que se declaran
obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Melilla-Almería, Melilla-Granada y
Melilla-Sevilla.
Se modificaron dichos Acuerdos del Consejo de Ministros mediante las órdenes del
Ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, que se relacionan a continuación:
Orden TMA/675/2020, de 20 de julio, por la que se modifican temporalmente las
obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del Consejo de Ministros
de 13 de marzo de 2009, por el que se declaran obligaciones de servicio público en la
ruta Almería-Sevilla, Orden TMA/677/2020, de 20 de julio, por la que se modifican
temporalmente las obligaciones de servicio público establecidas en el Acuerdo del

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