V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2021-15773)
Anuncio de la Resolución de fecha 26 de febrero de 2021 de la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades para la declaración de necesidad de ocupación de los terrenos necesarios para la explotación de recursos de la sección C) denominada "La Salvadora" número 12.887 expediente E.F. 134/2017 AG (extracto).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 76
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 20251
V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
15773
Anuncio de la Resolución de fecha 26 de febrero de 2021 de la
Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades para la declaración de necesidad de ocupación de los
terrenos necesarios para la explotación de recursos de la sección C)
denominada "La Salvadora" número 12.887 expediente E.F. 134/2017
AG (extracto).
Examinado el expediente de referencia y considerando los siguientes
Antecedentes de Hecho:
Primero.- Con fecha 31 de enero de 2017, Óxidos Rojos de Málaga, S.L, titular
de la explotación de recursos de la sección C) denominada "La Salvadora" número
12.887, solicita el inicio de un expediente de expropiación de terrenos necesarios
para la explotación, con posterioridad solicita la urgente ocupación.
Segundo.- Con fecha 5 de febrero de 2019, se somete a información pública la
solicitud de urgente ocupación de bienes y derechos afectados.
Tercero.- Con fecha 22 de febrero de 2019, doña Antonia Ortiz Palomar
presenta un escrito oponiéndose a la necesidad de ocupación y al carácter urgente
de la misma.
Cuarto.- Con fecha 3 de junio de 2019 se dictó la propuesta de resolución, que
sometida al informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía este se emite
con carácter favorable con fecha 18 de junio de 2019.
Quinto.- Con fecha 15 de julio de 2019 se envía copia del expediente a la
Subdirección General de Industria, Energía y Minas a efectos de su tramitación
ante el Consejo de Gobierno, como órgano competente, de la declaración de
urgencia solicitada.
Sexto.- Con fecha 24 de agosto de 2020 se devuelve el expediente por la
Subdirección General al no considerar suficientemente justificado el recurso a la
vía de urgencia.
Fundamentos Jurídicos:
Segundo.- Los artículos 105 de la L.M. y 131 del Real Decreto 2857/1978, de
25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la
Minería (en adelante R.M.) establecen que el titular legal de una concesión de
explotación tiene derecho a la expropiación forzosa y ocupación temporal de los
terrenos que sean necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones
y servicios, añadiendo que la aprobación del proyecto y de los planes inicial y
anuales a que se refieren los artículos 68 y 70 llevará implícita la declaración de la
necesidad de ocupación de los terrenos, si se cumplen las condiciones
cve: BOE-B-2021-15773
Verificable en https://www.boe.es
Primero.- La competencia para la resolución del presente expediente
administrativo viene atribuida a esta Delegación Territorial en el artículo 107.1 de la
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (en adelante L.M); el Decreto 117/2020, de 8
de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y el Real
Decreto 1464/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta
de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas.
Núm. 76
Martes 30 de marzo de 2021
Sec. V-B. Pág. 20251
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15773
Anuncio de la Resolución de fecha 26 de febrero de 2021 de la
Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades para la declaración de necesidad de ocupación de los
terrenos necesarios para la explotación de recursos de la sección C)
denominada "La Salvadora" número 12.887 expediente E.F. 134/2017
AG (extracto).
Examinado el expediente de referencia y considerando los siguientes
Antecedentes de Hecho:
Primero.- Con fecha 31 de enero de 2017, Óxidos Rojos de Málaga, S.L, titular
de la explotación de recursos de la sección C) denominada "La Salvadora" número
12.887, solicita el inicio de un expediente de expropiación de terrenos necesarios
para la explotación, con posterioridad solicita la urgente ocupación.
Segundo.- Con fecha 5 de febrero de 2019, se somete a información pública la
solicitud de urgente ocupación de bienes y derechos afectados.
Tercero.- Con fecha 22 de febrero de 2019, doña Antonia Ortiz Palomar
presenta un escrito oponiéndose a la necesidad de ocupación y al carácter urgente
de la misma.
Cuarto.- Con fecha 3 de junio de 2019 se dictó la propuesta de resolución, que
sometida al informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía este se emite
con carácter favorable con fecha 18 de junio de 2019.
Quinto.- Con fecha 15 de julio de 2019 se envía copia del expediente a la
Subdirección General de Industria, Energía y Minas a efectos de su tramitación
ante el Consejo de Gobierno, como órgano competente, de la declaración de
urgencia solicitada.
Sexto.- Con fecha 24 de agosto de 2020 se devuelve el expediente por la
Subdirección General al no considerar suficientemente justificado el recurso a la
vía de urgencia.
Fundamentos Jurídicos:
Segundo.- Los artículos 105 de la L.M. y 131 del Real Decreto 2857/1978, de
25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la
Minería (en adelante R.M.) establecen que el titular legal de una concesión de
explotación tiene derecho a la expropiación forzosa y ocupación temporal de los
terrenos que sean necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones
y servicios, añadiendo que la aprobación del proyecto y de los planes inicial y
anuales a que se refieren los artículos 68 y 70 llevará implícita la declaración de la
necesidad de ocupación de los terrenos, si se cumplen las condiciones
cve: BOE-B-2021-15773
Verificable en https://www.boe.es
Primero.- La competencia para la resolución del presente expediente
administrativo viene atribuida a esta Delegación Territorial en el artículo 107.1 de la
Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (en adelante L.M); el Decreto 117/2020, de 8
de septiembre, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de
Transformación Económica, Industria, Conocimiento y Universidades y el Real
Decreto 1464/82, de 29 de diciembre, sobre traspaso de competencias a la Junta
de Andalucía en materia de Industria, Energía y Minas.