III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Comunidad Autónoma de Canarias. Convenio. (BOE-A-2021-4892)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Dirección General del Libro y Fomento de la Lectura, por la que se publica el Convenio con el Cabildo de Gran Canaria, para la digitalización de una colección de libros, manuscritos e ilustraciones galdosianas conservada en la Biblioteca de la Casa-Museo Pérez Galdós.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35905
Séptima. Financiación.
Las actuaciones que llevará a cabo el Ministerio de Cultura y Deporte en base al
presente convenio que se mencionan en la Cláusula Primera, no suponen transferencia
de recursos entre las partes intervinientes.
Octava. Mecanismo de seguimiento y vigilancia. Memoria final.
1. Un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio
resolverá los problemas de interpretación que pudieran plantearse y controlará su
ejecución. Este mecanismo constará de cuatro miembros nombrados a partes iguales
por las personas que suscriben el convenio. La representación del Ministerio de Cultura y
Deporte estará integrada por la Subdirectora General de Coordinación Bibliotecaria y por
el Jefe del Área de Proyectos, y actuarán en representación del Cabildo de Gran Canaria
la Directora de la Casa Museo Pérez Galdós y la Técnica Medio de Museos.
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y Deporte y se reunirá a iniciativa de cualquiera
de sus miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución
del convenio.
2. A la finalización del Convenio, el Ministerio de Cultura y Deporte elaborará una
memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las
partes a través del Convenio.
Novena.
Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar (artículos 47 y ss.) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Décima.
Portal de la Transparencia del Gobierno de España.
Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio, en lugar y fecha
arriba indicados, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en
poder de cada una de las partes.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, la Directora
General del Libro y Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.–Por el Cabildo
de Gran Canaria, la Consejera de Gobierno de Cultura, Guacimara Medina Pérez.–El
Titular del Órgano de Apoyo del Consejo Insular, P.D. (Decreto n.º 44/2019 de 26/07/19)
la jefa del Servicio de Museos, Alicia Bolaños Naranjo.
cve: BOE-A-2021-4892
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia del Gobierno de España en la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y buen
Gobierno.
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35905
Séptima. Financiación.
Las actuaciones que llevará a cabo el Ministerio de Cultura y Deporte en base al
presente convenio que se mencionan en la Cláusula Primera, no suponen transferencia
de recursos entre las partes intervinientes.
Octava. Mecanismo de seguimiento y vigilancia. Memoria final.
1. Un mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de ejecución del convenio
resolverá los problemas de interpretación que pudieran plantearse y controlará su
ejecución. Este mecanismo constará de cuatro miembros nombrados a partes iguales
por las personas que suscriben el convenio. La representación del Ministerio de Cultura y
Deporte estará integrada por la Subdirectora General de Coordinación Bibliotecaria y por
el Jefe del Área de Proyectos, y actuarán en representación del Cabildo de Gran Canaria
la Directora de la Casa Museo Pérez Galdós y la Técnica Medio de Museos.
El mecanismo estará presidido por uno de los miembros nombrados en
representación del Ministerio de Cultura y Deporte y se reunirá a iniciativa de cualquiera
de sus miembros cuando considere que existen problemas de interpretación o ejecución
del convenio.
2. A la finalización del Convenio, el Ministerio de Cultura y Deporte elaborará una
memoria en la que se acredite el cumplimiento de los compromisos asumidos por las
partes a través del Convenio.
Novena.
Interpretación y jurisdicción.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, siendo el régimen jurídico
aplicable el establecido en el Capítulo VI del Título Preliminar (artículos 47 y ss.) de la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Las controversias que puedan surgir sobre la interpretación, modificación, resolución
y efectos que puedan derivarse del presente convenio se resolverán entre las partes,
agotando todas las formas posibles de conciliación para llegar a un acuerdo amistoso
extrajudicial.
En su defecto será competente para conocer de las cuestiones litigiosas los órganos
jurisdiccionales del orden contencioso-administrativo.
Décima.
Portal de la Transparencia del Gobierno de España.
Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente convenio, en lugar y fecha
arriba indicados, en duplicado ejemplar y a un solo efecto, quedando uno de ellos en
poder de cada una de las partes.–Por el Ministerio de Cultura y Deporte, la Directora
General del Libro y Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.–Por el Cabildo
de Gran Canaria, la Consejera de Gobierno de Cultura, Guacimara Medina Pérez.–El
Titular del Órgano de Apoyo del Consejo Insular, P.D. (Decreto n.º 44/2019 de 26/07/19)
la jefa del Servicio de Museos, Alicia Bolaños Naranjo.
cve: BOE-A-2021-4892
Verificable en https://www.boe.es
El presente convenio podrá ser puesto a disposición de los ciudadanos en el Portal
de la Transparencia del Gobierno de España en la aplicación de lo dispuesto en el
artículo 8.1) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso y buen
Gobierno.