III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Fundaciones. (BOE-A-2021-4890)
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Globalcaja Desarrollos Agroalimentarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35896
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4890
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Globalcaja Desarrollos Agroalimentarios.
Examinado el expediente relativo al asunto de la Fundación Globalcaja Desarrollos
Agroalimentarios teniendo en consideración lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de
diciembre, de Fundaciones, y en el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, se
estima procedente practicar la inscripción solicitada en el Registro de Fundaciones del
Ministerio de Justicia, una vez ha entrado en vigor la Orden Ministerial PRE/2537/2015,
de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del
registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Globalcaja Desarrollos
Agroalimentarios resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Caja Rural de Albacete,
Ciudad Real y Cuenca, Sociedad Cooperativa de Crédito (Globalcaja), según resulta de
la escritura otorgada ante la Notario del Ilustre Colegio de Castilla la Mancha, con
residencia en Cuenca, doña María Elisa Basanta Rodríguez, el día 29 de junio de 2020,
con el número 1000 de su protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Tesifonte Gallego,
número 18 de Albacete y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Estado español, sin que esto obste a la realización de actividades con dimensión
internacional.
Tercero.
Dotación.
Dotación fundacional de la cantidad de treinta mil euros (30.000,00 €), desembolsada
íntegramente e ingresada en cuenta corriente a nombre de la Fundación
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Según el artículo 5 de los Estatutos son fines de la Fundación:
Promover e impulsar el desarrollo agroalimentario, rural, empresarial y económico en
su más amplia dimensión, así como el fomento, desarrollo y promoción de la economía
social, sea o no a través de cooperativas profesionales u otras entidades, la promoción
de la investigación científica, la innovación en sentido amplio, el desarrollo de la
sociedad de la información y digital, la comunicación, la defensa del medio ambiente y
sostenibilidad; la coordinación de la investigación y formación realizada por asociaciones
cve: BOE-A-2021-4890
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.
Núm. 75
Lunes 29 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35896
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
4890
Resolución de 1 de febrero de 2021, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la
Fundación Globalcaja Desarrollos Agroalimentarios.
Examinado el expediente relativo al asunto de la Fundación Globalcaja Desarrollos
Agroalimentarios teniendo en consideración lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de
diciembre, de Fundaciones, y en el Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el
que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, se
estima procedente practicar la inscripción solicitada en el Registro de Fundaciones del
Ministerio de Justicia, una vez ha entrado en vigor la Orden Ministerial PRE/2537/2015,
de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del
registro de Fundaciones de Competencia Estatal.
Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Globalcaja Desarrollos
Agroalimentarios resultan los siguientes:
Antecedentes de hecho
Primero.
Constitución de la Fundación.
La Fundación anteriormente citada fue constituida por la Caja Rural de Albacete,
Ciudad Real y Cuenca, Sociedad Cooperativa de Crédito (Globalcaja), según resulta de
la escritura otorgada ante la Notario del Ilustre Colegio de Castilla la Mancha, con
residencia en Cuenca, doña María Elisa Basanta Rodríguez, el día 29 de junio de 2020,
con el número 1000 de su protocolo.
Segundo.
Domicilio y ámbito de la Fundación.
El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Tesifonte Gallego,
número 18 de Albacete y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del
Estado español, sin que esto obste a la realización de actividades con dimensión
internacional.
Tercero.
Dotación.
Dotación fundacional de la cantidad de treinta mil euros (30.000,00 €), desembolsada
íntegramente e ingresada en cuenta corriente a nombre de la Fundación
Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso
de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos
previstos en la Ley.
Fines de la Fundación.
Según el artículo 5 de los Estatutos son fines de la Fundación:
Promover e impulsar el desarrollo agroalimentario, rural, empresarial y económico en
su más amplia dimensión, así como el fomento, desarrollo y promoción de la economía
social, sea o no a través de cooperativas profesionales u otras entidades, la promoción
de la investigación científica, la innovación en sentido amplio, el desarrollo de la
sociedad de la información y digital, la comunicación, la defensa del medio ambiente y
sostenibilidad; la coordinación de la investigación y formación realizada por asociaciones
cve: BOE-A-2021-4890
Verificable en https://www.boe.es
Cuarto.