I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Medidas urgentes. (BOE-A-2021-4851)
Decreto-ley 2/2021, de 27 de enero, por el que se modifica el Decreto-ley 1/2021, de 13 de enero, por el que se aprueba un programa de ayudas para la recuperación y reactivación de la hostelería, turismo, comercio y otros sectores más afectados por la crisis sanitaria y se establecen nuevas medidas urgentes en materia tributaria para hacer frente al impacto de la COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 35806

Tres. Se modifica el anexo del Decreto-ley 1/2021, quedando sustituido por el
anexo a este Decreto.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

El presente Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 27 de enero de 2021.–El Presidente de la Junta de Extremadura, Guillermo
Fernández Vara.–La Vicepresidenta Primera y Consejera de Hacienda y Administración
Pública, Pilar Blanco-Morales Limones.

cve: BOE-A-2021-4851
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» número 19, de 29 de enero de 2021)

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X