III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-4897)
Acuerdo 29/2021, de 18 de marzo, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara la Villa de Huérmeces (Burgos) bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 75

Lunes 29 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 35923

Segundo.
Delimitar la zona afectada por la declaración:
Punto de Inicio: Partimos del vértice que forman la carretera BU-622 con la esquina
noroeste de la parcela 5024 del polígono 509.
Siguiendo las agujas del reloj, una línea que cruza la carretera BU-622 por el límite
del casco urbano, incluye la parcela catastral 67801101VN3068S y continúa por el sur de
la parcela 5017 del polígono 512, sigue por los límites de las parcelas 5016, 5014, 409,
410, 10411 y sur de la 20411 hasta el eje del río Urbel.
Por el oeste sigue en dirección norte por el eje del río, hasta su encuentro con el
puente en el camino de Ros a Huérmeces, y desde aquí hasta el puente sobre el caz
del molino. Continúa en sentido norte del por eje del caz hasta el molino de Cegatón,
incluyéndolo, y desde aquí por el límite del caz hasta el vértice sur de la
parcela 10073 del polígono 505. Continúa por el límite este de la citada parcela hasta
su encuentro con la carretera BU-622. Sigue por el eje de la carretera hasta el cruce
con la carretera BU-V-6274.
Por el norte, desde aquí, una línea imaginaria hasta el vértice noroeste de la
parcela 5125 del polígono 505.
Bordeando dicha parcela por su límite norte, sigue por la parcela 68 del
polígono 505, parcela que se corta por una línea imaginaria desde los siguientes puntos:
(X= 436518, Y= 4708802 coordenadas ETRS89 UTM 30).
(X= 436574, Y= 4708811,5 coordenadas ETRS89 UTM 30).

Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses.
Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de
reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución
expresa o presunta de aquel
Valladolid, 18 de marzo de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.

cve: BOE-A-2021-4897
Verificable en https://www.boe.es

Desde aquí, sigue por el límite este de las parcelas 68, 67 y 15130 del mismo
polígono 505, hasta llegar al camino de la Ermita, y desde aquí en dirección sur hasta el
vértice noroeste de la parcela 87 del Polígono 505, que se incluye íntegramente en la
delimitación, al igual que las parcelas 88, 10089 y 20089.
Finalmente, siguiendo el eje del camino de Castrillo, sigue hasta su cruce con el
camino de Burgos, retomando nuevamente el eje del camino de Castrillo, hasta la
parcela 6780601VN3068S, que integra en su totalidad, hasta el punto de inicio de la
presente delimitación.
Motivación: En la delimitación de la zona afectada por la declaración se ha tenido en
cuenta la ubicación del conjunto, su estructura y trama reticular formada por la calle
Mayor como eje principal, incluyendo aquellos elementos destacados que, aunque algo
alejados del núcleo, como el Palacio de los Arriaga-Salamanca o la Ermita del Castillo
constituyen parte esencial del conjunto.
La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás
documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.