III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2021-4824)
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en la plataforma logística del suroeste europeo, primera fase de Badajoz.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35700
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
4824
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la
Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para la redacción del proyecto, construcción y
puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías
intermodal en la plataforma logística del suroeste europeo, primera fase de
Badajoz.
Habiendo sido suscrito el 18 de marzo de 2021, el adenda n.º 2 de modificación y
prórroga del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad
Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la
redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal
ferroviaria de mercancías intermodal en la plataforma logística del suroeste europeo,
primera fase de Badajoz, procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8
del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de
sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 22 de marzo de 2021.–La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Isabel Pardo de Vera Posada.
ANEXO
Adenda n.º2 de modificación y prórroga del Convenio entre la Comunidad
Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la redacción del proyecto, construcción y
puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en
la plataforma logística del suroeste europeo, primera fase de Badajoz
A 18 de marzo de 2021.
De una parte, doña Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y
Vivienda, en virtud del Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio, en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de conformidad con el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 23 de abril
del 2019.
De otra parte, doña Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H,
que en lo sucesivo se denominará ADIF, en virtud del Real Decreto 735/2018, de 29 de
junio, actuando en nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que
tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real
Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de ADIF.
cve: BOE-A-2021-4824
Verificable en https://www.boe.es
REUNIDAS
Núm. 74
Sábado 27 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 35700
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD
Y AGENDA URBANA
4824
Resolución de 22 de marzo de 2021, de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, por la que se publica la
Adenda de modificación y prórroga del Convenio con la Comunidad
Autónoma de Extremadura, para la redacción del proyecto, construcción y
puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías
intermodal en la plataforma logística del suroeste europeo, primera fase de
Badajoz.
Habiendo sido suscrito el 18 de marzo de 2021, el adenda n.º 2 de modificación y
prórroga del Convenio entre la Comunidad Autónoma de Extremadura y la Entidad
Pública Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la
redacción del proyecto, construcción y puesta a disposición de la nueva terminal
ferroviaria de mercancías intermodal en la plataforma logística del suroeste europeo,
primera fase de Badajoz, procede, en cumplimiento de lo establecido en el apartado 8
del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, sobre convenios suscritos por la Administración General del Estado o alguno de
sus organismos públicos o entidades de derecho público vinculados o dependientes, la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo
a esta resolución.
Madrid, 22 de marzo de 2021.–La Presidenta de la Entidad Pública Empresarial
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, Isabel Pardo de Vera Posada.
ANEXO
Adenda n.º2 de modificación y prórroga del Convenio entre la Comunidad
Autónoma de Extremadura y la Entidad Pública Empresarial Administrador de
Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para la redacción del proyecto, construcción y
puesta a disposición de la nueva terminal ferroviaria de mercancías intermodal en
la plataforma logística del suroeste europeo, primera fase de Badajoz
A 18 de marzo de 2021.
De una parte, doña Leire Iglesias Santiago, Consejera de Movilidad, Transporte y
Vivienda, en virtud del Decreto del Presidente 22/2019, de 1 de julio, en nombre y
representación de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y de conformidad con el
Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura de fecha 23 de abril
del 2019.
De otra parte, doña Isabel Pardo de Vera Posada, Presidenta de la Entidad Pública
Empresarial Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), con NIF Q-2801660H,
que en lo sucesivo se denominará ADIF, en virtud del Real Decreto 735/2018, de 29 de
junio, actuando en nombre y representación de ADIF en el ejercicio de las facultades que
tiene conferidas por el artículo 23.2.a) de su Estatuto, aprobado mediante Real
Decreto 2395/2004, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de ADIF.
cve: BOE-A-2021-4824
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