I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE SANIDAD. Medidas sanitarias. (BOE-A-2021-4802)
Orden SND/292/2021, de 26 de marzo, por la que se establecen medidas de control sanitario a las personas procedentes de Francia que llegan a España por vía terrestre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Sábado 27 de marzo de 2021

Cuarto.

Sec. I. Pág. 35595

Régimen sancionador.

En caso del incumplimiento de lo previsto en esta orden será de aplicación el
régimen contemplado en el título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de
Salud Pública, referido a infracciones y sanciones.
Quinto.

Colaboración institucional.

Para el cumplimiento de lo contemplando en esta orden se podrá contar con la
colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
Sexto. Eficacia.
La presente orden producirá efectos a los tres días de publicación en el «Boletín
Oficial del Estado» y hasta que el Gobierno declare la finalización de la situación de
crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 2.3 del Real Decreto-ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de
prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada
por el COVID-19.
Séptimo. Régimen de recursos.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse,
con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular del Ministerio de
Sanidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación de acuerdo con
lo previsto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación
ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de conformidad
con lo dispuesto en los artículos 11 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que en el caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del
mismo.

cve: BOE-A-2021-4802
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Madrid, 26 de marzo de 2021.–La Ministra de Sanidad, Carolina Darias San
Sebastián.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X