I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE JUSTICIA. Sustancias químicas. (BOE-A-2021-4797)
Orden JUS/288/2021, de 25 de marzo, por la que se regula el procedimiento de notificación de sustancias y mezclas químicas al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Sábado 27 de marzo de 2021

Sec. I. Pág. 35547

Artículo 9. Responsabilidad sobre el contenido de la información.
1. El remitente será responsable de la veracidad de los datos aportados al INTCF, así
como del cumplimiento de los criterios establecidos por el mismo.
2. Cualquier forma de incumplimiento de la que se derive la imposibilidad de prestar
la respuesta sanitaria adecuada será atribuible al remitente que no haya comunicado
correctamente los datos a los que está obligado de acuerdo con la normativa vigente.
Artículo 10.

Confidencialidad.

El INTCF garantiza que se preservará el carácter confidencial de la información
recibida, y que esta solo podrá ser utilizada de la forma prevista en el artículo 45.2 del
Reglamento CLP.
Disposición adicional única.

Publicación de guías de instrucciones.

De forma complementaria a los instrumentos de orientación contemplados en la sección 6.2
de la parte A del anexo VIII, la Dirección General para el Servicio Público de Justicia aprobará
por resolución una guía que contenga las instrucciones para la realización de las notificaciones
de aquellos productos no regulados por el anexo VIII del Reglamento CLP, que se publicarán
en el portal web del Ministerio de Justicia.
Disposición transitoria única.

Mezclas para uso industrial.

Los importadores y los usuarios intermedios que comercializan mezclas para un
uso industrial, tal y como se definen en la sección 2.4.4. de la parte A del anexo VIII,
podrán voluntariamente continuar notificando al INTCF de acuerdo a lo establecido en
la Orden JUS/909/2017, de 25 de septiembre, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Queda derogada la Orden JUS/909/2017, de 25 de septiembre, por la que se regula el
procedimiento de notificación de las altas, bajas y modificaciones de fichas toxicológicas
al registro de productos químicos del Servicio de Información Toxicológica del Instituto
Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses y de liquidación de la tasa correspondiente
prevista en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas
en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y
Ciencias Forenses.
Disposición final primera.

Título competencial.

Esta orden se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.14.ª de la
Constitución Española que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de
Hacienda general, y del artículo 149.1.16.ª de la Constitución Española que establece la
competencia exclusiva del Estado en materia de sanidad exterior, bases y coordinación
general de la sanidad y legislación sobre productos farmacéuticos.
Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
Madrid, 25 de marzo de 2021.–El Ministro de Justicia, Juan Carlos Campo Moreno.

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-A-2021-4797
Verificable en https://www.boe.es

Disposición final segunda.