I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Actividad empresarial. (BOE-A-2021-4803)
Decreto-ley 15/2020, de 29 de diciembre, por el que se aprueba un programa de ayudas para la reactivación empresarial y se modifica el Decreto-ley 9/2020, de 8 de mayo, por el que se aprueba una subvención para refuerzo del sistema de garantías de Extremadura, se establecen ayudas financieras a autónomos y empresas, y se adoptan medidas en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas y de patrimonio histórico y cultural, para afrontar los efectos negativos del COVID-19.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 74

Sábado 27 de marzo de 2021

Disposición final segunda.

Sec. I. Pág. 35613

Deslegalización y habilitación normativa.

El titular de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital podrá llevar a cabo,
mediante Orden, aquellas modificaciones que resulten necesarias en la regulación de las
ayudas llevada a cabo en el capítulo I del presente decreto-ley.
Igualmente, se habilita a los órganos competentes de la Consejería de Economía,
Ciencia y Agenda Digital para dictar las resoluciones que sean procedentes para la
aplicación del presente decreto-ley en las cuestiones relativas a las ayudas y
subvenciones contempladas en el capítulo I.
Disposición final tercera.

Entrada en vigor.

El presente Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Diario
Oficial de Extremadura».
Mérida, 29 de diciembre de 2020.–El Presidente de la Junta de Extremadura,
Guillermo Fernández Vara.–El Consejero de Economía, Ciencia y Agenda Digital, Rafael
España Santamaría.

cve: BOE-A-2021-4803
Verificable en https://www.boe.es

(Publicado en el «Diario Oficial de Extremadura» número 251, de 31 de diciembre de 2020)