III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA. Comunidad Autónoma de las Illes Balears. Convenio. (BOE-A-2021-4767)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el Convenio con la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears, para la cesión del código fuente de Weco.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 73

Viernes 26 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 35467

III. OTRAS DISPOSICIONES

COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS
Y LA COMPETENCIA
4767

Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Presidencia de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se publica el
Convenio con la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las
Illes Balears, para la cesión del código fuente de Weco.

La Presidenta de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y el
Director de la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción de las Illes Balears,
han suscrito, con fecha 15 de marzo de 2021, un Convenio para la cesión del código
fuente de WECO.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se dispone la
publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anexo a la
presente Resolución.
Madrid, 17 de marzo de 2021.–La Presidenta de la Comisión Nacional de los
Mercados y la Competencia, Cani Fernández Vicién.
ANEXO
Convenio entre la CNMC y la Oficina de Prevención y Lucha contra la Corrupción
de las Illes Balears para la cesión del código fuente de WECO

De una parte, doña Cani Fernández Vicién, representante legal de la Comisión
Nacional de los Mercados y la Competencia (en adelante, CNMC), con NIF Q2802141H,
y domicilio social en Madrid, calle Alcalá, 47, actuando en nombre y representación de la
misma en virtud de nombramiento efectuado por Real Decreto 580/2020, de 16 de junio,
(BOE núm. 169 de 17 de junio de 2020) y de las competencias que le otorga el
artículo 19 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la CNMC y el artículo 15.2
letras a) e i) del Estatuto Orgánico de la CNMC, aprobado por Real Decreto 657/2013,
de 30 de agosto.
De otra parte, don Jaime Far Jiménez, Director de la Oficina de Prevención y Lucha
contra la Corrupción de las Illes Balears, en virtud del nombramiento efectuado mediante
Resolución del Presidente del Parlamento de las Illes Balears de 10 de enero de 2018
(«Boletín Oficina de las Illes Balears» de 12 de enero de 2018), y de conformidad con lo
establecido en el artículo 9 de la Ley 16/2016, de 9 de diciembre, de creación de la Oficina
de Prevención y Lucha contra la Corrupción en las Illes Balears, y en el artículo 6.1.h del
Reglamento de funcionamiento y régimen interior de la Oficina de Prevención y Lucha
contra la Corrupción en las Islas Baleares, aprobado por la Comisión de Asuntos
Institucionales y Generales del Parlamento de las Illes Balears en sesión de día 21 de
noviembre de 2018 («Boletín Oficial de las Illes Balears» de 13 de diciembre de 2018), con
domicilio a efectos de este Convenio en la calle Alfons el Magnànim, 29, 2.º-1.ª, de Palma
de Mallorca.

cve: BOE-A-2021-4767
Verificable en https://www.boe.es

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