III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Pesca marítima. (BOE-A-2021-4721)
Resolución de 18 de marzo de 2021, de la Secretaría General de Pesca, por la que se establecen las posibilidades de pesca individuales, así como cuotas individuales de pesca para el año 2021, de los buques censados en la modalidad de cerco autorizados a faenar en 2021 en el caladero Cantábrico y Noroeste.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72

Jueves 25 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 34953

Los barcos que faenan fuera de las zonas CIEM 8c y 9a en virtud de Acuerdos de
Pesca Sostenible Unión europea - tercer país, si bien mantienen sus posibilidades de
pesca, no están autorizados a faenar en el caladero nacional. Por ello y de acuerdo a la
Orden AAA/2534/2015, los kilos de cuota que les corresponden de MAC/8C3411 y
JAX/08C se han redistribuido entre el resto de los buques del censo, en función a sus
posibilidades de pesca. El porcentaje de cuota que aparece junto a cada barco es su
porcentaje real, mientras que los kilos asignados no se corresponden con el mismo por la
citada redistribución Aparecen en tabla aparte en el Anexo I con indicación de esta
circunstancia.
Segundo.
Esta Resolución no pone fin a la vía administrativa, por lo que, en el plazo de un mes,
se podrá interponer recurso de alzada ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación,
de conformidad con lo establecido en los artículos 121 y 122 en relación con el 112.1 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Tercero.
Esta Resolución produce efectos para toda la campaña de pesca 2021, desde el 1 de
enero hasta el 31 de diciembre.
Madrid, 18 de marzo de 2021.–La Secretaria General de Pesca, Alicia Villauriz Iglesias.
ANEXO
Censo de buques de cerco Cantábrico y Noroeste con indicación de sus
posibilidades de pesca, así como su cuota 2021, provisional en el caso de los
stocks MAC/8C3411 y JAX/08C y definitiva en el caso del JAX/09
MAC/8C3411
Buque

Porcentaje
cuota

Tipo gestión

Entidad asociativa

14429

A COSTA DE LUGO

0,084568%

CONJUNTA

ACERGA

27493

ADRINA

0,068962%

CONJUNTA

ACERGA

22209

AGARIMO DOUS

0,498917%

CONJUNTA

ACERGA

14292

ANA MARIA II

0,119652%

CONJUNTA

ACERGA

24923

APOSTOL

0,064774%

CONJUNTA

ACERGA

24924

APOSTOL SAN ANDRES

0,065285%

CONJUNTA

ACERGA

27803

ARCAY ANDRADE

0,106494%

CONJUNTA

ACERGA

22246

ARDORAN

0,528596%

CONJUNTA

ACERGA

23060

ARGOTE 2

0,437810%

CONJUNTA

ACERGA

9492

ARPON

0,033842%

CONJUNTA

ACERGA

100025

CANIZAS

0,090922%

CONJUNTA

ACERGA

23845

CARCAMAN

0,163515%

CONJUNTA

ACERGA

21332

CHAVEIGA

0,092826%

CONJUNTA

ACERGA

25586

CHIQUITA DOS

0,130669%

CONJUNTA

ACERGA

Cuota inicial
provisional

1.415.124

Flexibilidad
Cuota adaptada
interanual 2020
provisional

71.441

1.440.825

cve: BOE-A-2021-4721
Verificable en https://www.boe.es

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