III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4701)
Resolución de 16 de marzo de 2021, del Consorcio Casa Árabe, por la que se publica el Convenio con Saint Louis University in Spain, SA, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 34836
b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán preferentemente una duración
no superior al 50% de los créditos del curso académico. La duración de cada práctica se
establecerá en cada oferta y no podrá ser inferior a 200 horas (salvo que suponga la
continuación de una práctica curricular o que su naturaleza específica exija una menor
duración), ni superior a 900 horas efectivas.
D.
Desarrollo de las prácticas y del TFG/TFM.
1. Los horarios de realización de las prácticas o del TFG/TFM se establecerán de
acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de Casa Árabe. Los
horarios serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y
participación desarrollada por el estudiante en la Universidad.
2. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de Casa Árabe y
seguir las indicaciones del tutor designado por la entidad. Deberán aplicarse con
diligencia a las tareas que se les encomienden, de las cuales guardarán secreto
profesional y deber de confidencialidad durante su estancia y una vez finalizada esta. En
caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo al Centro responsable de la
Universidad. El régimen de permisos del estudiante será consensuado por los tutores de
ambas partes con respeto en todo caso a los permisos a los que el estudiante tenga
derecho con arreglo a la normativa vigente.
3. Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en Casa Árabe, en parte o en su
totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá
solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo
máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad.
Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita
autorización para su difusión. En cualquier caso, siempre se respetará el reconocimiento
de la autoría del trabajo por el estudiante.
4. Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de la práctica llevada a cabo por el estudiante corresponderán a Casa Árabe.
5. Por causas debidamente justificadas, cualquiera de las partes podrá rescindir el
período de prácticas respecto a un determinado estudiante, preavisándolo de forma
motivada a la otra parte al menos quince días de anticipación.
En cualquier caso, Casa Árabe podrá rescindir el período de prácticas respecto a un
determinado estudiante en los siguientes casos:
Si Casa Árabe lo considera conveniente, la Universidad gestionará la incorporación
de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad
posible.
E. Seguro de responsabilidad civil y de accidentes. Todos los estudiantes de la
Universidad que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, oficiales o propias,
están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de veintiocho años, matriculados en
enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la Universidad y al corriente de la
cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de veintiocho años o de aquellos matriculados
en enseñanzas propias de la Universidad, corresponderá a la Coordinación de Prácticas
de la Titulación asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el correspondiente
seguro de accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
cve: BOE-A-2021-4701
Verificable en https://www.boe.es
– La falta reiterada de asistencia sin justificar del estudiante.
– Si Casa Árabe considerase que existiese falta de interés y/o adaptación a la
organización por parte de aquél.
Núm. 72
Jueves 25 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 34836
b) Las prácticas externas extracurriculares tendrán preferentemente una duración
no superior al 50% de los créditos del curso académico. La duración de cada práctica se
establecerá en cada oferta y no podrá ser inferior a 200 horas (salvo que suponga la
continuación de una práctica curricular o que su naturaleza específica exija una menor
duración), ni superior a 900 horas efectivas.
D.
Desarrollo de las prácticas y del TFG/TFM.
1. Los horarios de realización de las prácticas o del TFG/TFM se establecerán de
acuerdo con las características de las mismas y las disponibilidades de Casa Árabe. Los
horarios serán compatibles con la actividad académica, formativa y de representación y
participación desarrollada por el estudiante en la Universidad.
2. Los estudiantes deberán cumplir las normas de régimen interno de Casa Árabe y
seguir las indicaciones del tutor designado por la entidad. Deberán aplicarse con
diligencia a las tareas que se les encomienden, de las cuales guardarán secreto
profesional y deber de confidencialidad durante su estancia y una vez finalizada esta. En
caso de ausencia será necesario comunicarlo y justificarlo al Centro responsable de la
Universidad. El régimen de permisos del estudiante será consensuado por los tutores de
ambas partes con respeto en todo caso a los permisos a los que el estudiante tenga
derecho con arreglo a la normativa vigente.
3. Si alguna de las partes firmantes de este convenio o los estudiantes desearan
utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en Casa Árabe, en parte o en su
totalidad para su publicación como artículo, conferencia, tesis, memoria, etc. deberá
solicitar la conformidad de la otra parte por escrito, quien deberá responder en un plazo
máximo de 45 días, comunicando su autorización, sus reservas o su disconformidad.
Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta se entenderá que el silencio es la tácita
autorización para su difusión. En cualquier caso, siempre se respetará el reconocimiento
de la autoría del trabajo por el estudiante.
4. Los derechos de propiedad industrial registrables que se puedan derivar de los
resultados de la práctica llevada a cabo por el estudiante corresponderán a Casa Árabe.
5. Por causas debidamente justificadas, cualquiera de las partes podrá rescindir el
período de prácticas respecto a un determinado estudiante, preavisándolo de forma
motivada a la otra parte al menos quince días de anticipación.
En cualquier caso, Casa Árabe podrá rescindir el período de prácticas respecto a un
determinado estudiante en los siguientes casos:
Si Casa Árabe lo considera conveniente, la Universidad gestionará la incorporación
de un nuevo estudiante que iniciará su período de formación a la mayor brevedad
posible.
E. Seguro de responsabilidad civil y de accidentes. Todos los estudiantes de la
Universidad que estén matriculados en alguna de sus enseñanzas, oficiales o propias,
están cubiertos por un seguro de responsabilidad civil.
El Seguro Escolar cubre a los menores de veintiocho años, matriculados en
enseñanzas oficiales de los respectivos centros de la Universidad y al corriente de la
cuota correspondiente. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El marco de
aplicación es el territorio nacional, de acuerdo con el principio de territorialidad recogido
en la Ley General de la Seguridad Social.
En el caso de los estudiantes mayores de veintiocho años o de aquellos matriculados
en enseñanzas propias de la Universidad, corresponderá a la Coordinación de Prácticas
de la Titulación asegurarse de que el estudiante esté cubierto por el correspondiente
seguro de accidente y cuantos puedan resultar obligatorios.
cve: BOE-A-2021-4701
Verificable en https://www.boe.es
– La falta reiterada de asistencia sin justificar del estudiante.
– Si Casa Árabe considerase que existiese falta de interés y/o adaptación a la
organización por parte de aquél.