III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA E INNOVACIÓN. Convenios. (BOE-A-2021-4620)
Resolución de 15 de febrero de 2021, de la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con el Institut de Recerca i Tecnología Agroalimentàries, en el marco de la convocatoria del Programa Pleamar 2019 de la Fundación Biodiversidad del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Importe total
proyecto aprobado
–Año 1–
Importe total
proyecto aprobado
–Año 2–
Asistencias externas.
16.930,00
0,00
7.330,00
0,00
9.600,00
Material inventariable.
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Material fungible.
25.646,51
19.846,51
19.846,51
19.846,51
5.800,00
Costes indirectos.
7.529,85
7.529,85
7.529,85
7.529,85
115.457,04
78.509,04
85.839,04
78.509,04
Partida
Importe total
Año 1 + Año 2
193.966,07
Total ejecución
beneficiario
Año 1 + Año 2
Ejecución
beneficiario (IRTA)
–Año 2–
164.348,07
Ejecución socio
(CSIC)
–Año 1–
Ejecución socio
(CSIC)
–Año 2–
29.618,00
Total ejecución
socio
Año 1 + Año 2
0,00
29.618,00
El IRTA, como entidad receptora de los fondos del proyecto, transferirá al IATS-CSIC
los fondos subvencionados correspondientes, tal y como se detalla en la Tabla 1
anteriormente reflejada y según lo indicado en el párrafo siguiente, esto es la cantidad
total de quince mil quinientos cincuenta euros (15.550,00 €), en la cuenta corriente
titularidad del CSIC n.º ES07 9000 0001 2002 2000 0047 del Banco de España, c/ Alcalá
48, CP 28014 (Madrid), siendo el importe necesario para llevar a cabo la correcta
ejecución del proyecto. El IRTA librará la cuantía en un plazo máximo de 30 días desde
el ingreso de la misma por parte de la FB, siempre que se cumpla todo lo dispuesto en
este Convenio.
Los pagos se harán en dos aportaciones tal y como se indica a continuación:
– Primera aportación al inicio del proyecto una vez haya sido ingresada en el IRTA el
anticipo adelantado por la Fundación Biodiversidad, la cantidad adelantada será el
mismo porcentaje adelantado al IRTA en función del presupuesto total de las entidades.
– Segunda aportación por el resto de la cantidad pendiente a la entrega de los
trabajos y tras la justificación de la totalidad de los gastos, una vez la Fundación
Biodiversidad haya ingresado al IRTA la cuantía pendiente del presupuesto asignado.
Para ello, y con carácter previo a la transferencia de esta ayuda, el IATS-CSIC
deberá acreditar ante el IRTA:
– Certificado emitido por la entidad financiera acreditando la titularidad de la cuenta
donde efectuar el traspaso de fondos.
– Certificado de cumplimiento de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social.
– Declaración del responsable de no hallarse en el supuesto especificado en los
apartados 2 y 3 del Art. 13 de la Ley General de Subvenciones, y de que son ciertos los
datos que figuran en la solicitud presentada, así como la documentación aportada para la
concesión.
– Declaración indicando que el CSIC-IRTA reúne los requisitos exigidos en la Bases
Reguladoras y en la Convocatoria de concesión de ayudas
– Justificación económica según lo especificado a continuación para así poder recibir
el siguiente abono, sistema que se aplicará para la segunda aportación.
La realización del gasto, la justificación y la custodia documental del mismo por parte
del IATS-CSIC se habrá de adaptar a lo dispuesto en la Convocatoria de Ayudas, Bases
Reguladoras y demás normativa aplicable, a las condiciones recogidas en la Resolución
de Concesión de la ayuda, así como a las indicaciones recogidas en las correspondiente
Guía para la ejecución y justificación de los proyectos publicadas por la Fundación
Biodiversidad.
El IATS-CSIC remitirá al IRTA, por cada uno de los ingresos que reciba de él, los
documentos de gastos (facturas, tickets, recibos, etc.), así como todos los documentos
cve: BOE-A-2021-4620
Verificable en https://www.boe.es
Total (€).
Ejecución
beneficiario (IRTA)
–Año 1–
Sec. III. Pág. 33990
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Importe total
proyecto aprobado
–Año 1–
Importe total
proyecto aprobado
–Año 2–
Asistencias externas.
16.930,00
0,00
7.330,00
0,00
9.600,00
Material inventariable.
0,00
0,00
0,00
0,00
0,00
Material fungible.
25.646,51
19.846,51
19.846,51
19.846,51
5.800,00
Costes indirectos.
7.529,85
7.529,85
7.529,85
7.529,85
115.457,04
78.509,04
85.839,04
78.509,04
Partida
Importe total
Año 1 + Año 2
193.966,07
Total ejecución
beneficiario
Año 1 + Año 2
Ejecución
beneficiario (IRTA)
–Año 2–
164.348,07
Ejecución socio
(CSIC)
–Año 1–
Ejecución socio
(CSIC)
–Año 2–
29.618,00
Total ejecución
socio
Año 1 + Año 2
0,00
29.618,00
El IRTA, como entidad receptora de los fondos del proyecto, transferirá al IATS-CSIC
los fondos subvencionados correspondientes, tal y como se detalla en la Tabla 1
anteriormente reflejada y según lo indicado en el párrafo siguiente, esto es la cantidad
total de quince mil quinientos cincuenta euros (15.550,00 €), en la cuenta corriente
titularidad del CSIC n.º ES07 9000 0001 2002 2000 0047 del Banco de España, c/ Alcalá
48, CP 28014 (Madrid), siendo el importe necesario para llevar a cabo la correcta
ejecución del proyecto. El IRTA librará la cuantía en un plazo máximo de 30 días desde
el ingreso de la misma por parte de la FB, siempre que se cumpla todo lo dispuesto en
este Convenio.
Los pagos se harán en dos aportaciones tal y como se indica a continuación:
– Primera aportación al inicio del proyecto una vez haya sido ingresada en el IRTA el
anticipo adelantado por la Fundación Biodiversidad, la cantidad adelantada será el
mismo porcentaje adelantado al IRTA en función del presupuesto total de las entidades.
– Segunda aportación por el resto de la cantidad pendiente a la entrega de los
trabajos y tras la justificación de la totalidad de los gastos, una vez la Fundación
Biodiversidad haya ingresado al IRTA la cuantía pendiente del presupuesto asignado.
Para ello, y con carácter previo a la transferencia de esta ayuda, el IATS-CSIC
deberá acreditar ante el IRTA:
– Certificado emitido por la entidad financiera acreditando la titularidad de la cuenta
donde efectuar el traspaso de fondos.
– Certificado de cumplimiento de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y
con la Seguridad Social.
– Declaración del responsable de no hallarse en el supuesto especificado en los
apartados 2 y 3 del Art. 13 de la Ley General de Subvenciones, y de que son ciertos los
datos que figuran en la solicitud presentada, así como la documentación aportada para la
concesión.
– Declaración indicando que el CSIC-IRTA reúne los requisitos exigidos en la Bases
Reguladoras y en la Convocatoria de concesión de ayudas
– Justificación económica según lo especificado a continuación para así poder recibir
el siguiente abono, sistema que se aplicará para la segunda aportación.
La realización del gasto, la justificación y la custodia documental del mismo por parte
del IATS-CSIC se habrá de adaptar a lo dispuesto en la Convocatoria de Ayudas, Bases
Reguladoras y demás normativa aplicable, a las condiciones recogidas en la Resolución
de Concesión de la ayuda, así como a las indicaciones recogidas en las correspondiente
Guía para la ejecución y justificación de los proyectos publicadas por la Fundación
Biodiversidad.
El IATS-CSIC remitirá al IRTA, por cada uno de los ingresos que reciba de él, los
documentos de gastos (facturas, tickets, recibos, etc.), así como todos los documentos
cve: BOE-A-2021-4620
Verificable en https://www.boe.es
Total (€).
Ejecución
beneficiario (IRTA)
–Año 1–
Sec. III. Pág. 33990