I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Instalaciones térmicas en edificios. (BOE-A-2021-4572)
Real Decreto 178/2021, de 23 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33779
42. Verificación del estado de la mezcla anticongelante (PH, grado de protección
antihelada, etc.). y actuación del sistema de llenado: t.
43. Revisión del estado del sistema de intercambio (limpieza, etc.): t.
S: Una vez cada semana.
S*: Estas operaciones podrán realizarse por el propio usuario, con el
asesoramiento previo del mantenedor.
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.
t: Una vez por temporada (año).
2 t: Dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad
del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre
ambas.»
Sesenta y cuatro. Se modifica la IT 3.4.2 que queda redactada del siguiente modo:
«IT 3.4.2 Evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío.
La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del
rendimiento de los equipos generadores de frío en función de su potencia térmica
nominal, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y
periodicidades de la tabla 3.3.
Tabla 3.3
Medidas de generadores de frío y su periodicidad
Medidas de generadores de frío
Periodicidad
70kW < P≤1.000kW
P>1.000kW
1. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador.
3m
m
2. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del condensador.
3m
m
3. Pérdida de presión en el evaporador en plantas enfriadas por agua.
3m
m
4. Pérdida de presión en el condensador en plantas enfriadas por agua.
3m
m
5. Temperatura y presión de evaporación.
3m
m
6. Temperatura y presión de condensación.
3m
m
7. Potencia eléctrica absorbida.
3m
m
8. Potencia térmica instantánea del generador, como porcentaje de la carga máxima.
3m
m
9. EER instantáneo.
3m
m
10. Caudal de agua en el evaporador.
3m
m
11. Caudal de agua en el condensador.
3m
m
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada;
3 m: Cada tres meses; la primera al inicio de la temporada.»
«IT 3.4.3
Instalaciones de energía renovable.
En las instalaciones de energía renovable destinadas a dar cumplimiento con lo
establecido en la sección HE4 del Código Técnico de la Edificación que dispongan de
los sistemas de medición de la energía suministrada establecidos en la IT 1.2.4.4, se
realizará un seguimiento periódico del consumo de agua caliente sanitaria y de las
necesidades energéticas para climatizar las piscinas cubiertas y de la contribución
renovable, midiendo y registrando los valores. Una vez al año se realizará una
verificación del cumplimiento de la exigencia que figura en la sección HE 4 del Código
Técnico de la Edificación.»
cve: BOE-A-2021-4572
Verificable en https://www.boe.es
Sesenta y cinco. Se modifica la IT 3.4.3 que queda redactada del siguiente modo:
Núm. 71
Miércoles 24 de marzo de 2021
Sec. I. Pág. 33779
42. Verificación del estado de la mezcla anticongelante (PH, grado de protección
antihelada, etc.). y actuación del sistema de llenado: t.
43. Revisión del estado del sistema de intercambio (limpieza, etc.): t.
S: Una vez cada semana.
S*: Estas operaciones podrán realizarse por el propio usuario, con el
asesoramiento previo del mantenedor.
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada.
t: Una vez por temporada (año).
2 t: Dos veces por temporada (año); una al inicio de la misma y otra a la mitad
del período de uso, siempre que haya una diferencia mínima de dos meses entre
ambas.»
Sesenta y cuatro. Se modifica la IT 3.4.2 que queda redactada del siguiente modo:
«IT 3.4.2 Evaluación periódica del rendimiento de los equipos generadores de frío.
La empresa mantenedora realizará un análisis y evaluación periódica del
rendimiento de los equipos generadores de frío en función de su potencia térmica
nominal, midiendo y registrando los valores, de acuerdo con las operaciones y
periodicidades de la tabla 3.3.
Tabla 3.3
Medidas de generadores de frío y su periodicidad
Medidas de generadores de frío
Periodicidad
70kW < P≤1.000kW
P>1.000kW
1. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del evaporador.
3m
m
2. Temperatura del fluido exterior en entrada y salida del condensador.
3m
m
3. Pérdida de presión en el evaporador en plantas enfriadas por agua.
3m
m
4. Pérdida de presión en el condensador en plantas enfriadas por agua.
3m
m
5. Temperatura y presión de evaporación.
3m
m
6. Temperatura y presión de condensación.
3m
m
7. Potencia eléctrica absorbida.
3m
m
8. Potencia térmica instantánea del generador, como porcentaje de la carga máxima.
3m
m
9. EER instantáneo.
3m
m
10. Caudal de agua en el evaporador.
3m
m
11. Caudal de agua en el condensador.
3m
m
m: Una vez al mes; la primera al inicio de la temporada;
3 m: Cada tres meses; la primera al inicio de la temporada.»
«IT 3.4.3
Instalaciones de energía renovable.
En las instalaciones de energía renovable destinadas a dar cumplimiento con lo
establecido en la sección HE4 del Código Técnico de la Edificación que dispongan de
los sistemas de medición de la energía suministrada establecidos en la IT 1.2.4.4, se
realizará un seguimiento periódico del consumo de agua caliente sanitaria y de las
necesidades energéticas para climatizar las piscinas cubiertas y de la contribución
renovable, midiendo y registrando los valores. Una vez al año se realizará una
verificación del cumplimiento de la exigencia que figura en la sección HE 4 del Código
Técnico de la Edificación.»
cve: BOE-A-2021-4572
Verificable en https://www.boe.es
Sesenta y cinco. Se modifica la IT 3.4.3 que queda redactada del siguiente modo: