III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Proyectos educativos europeos. (BOE-A-2021-4538)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan plazas para centros educativos de Educación Infantil y Primaria, Enseñanza Secundaria, Formación Profesional o de Enseñanzas de Régimen Especial que deseen acoger a un docente extranjero/a para el curso 2021/2022.
12 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 23 de marzo de 2021
10.

Sec. III. Pág. 33372

Incumplimientos

El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidas en la
presente resolución y demás normas aplicables, dará lugar a la apertura de un expediente
de incumplimiento.
11.

Aceptación de las bases

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las bases de la presente
resolución.
12.

Recursos

Contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de
reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes, a partir del día
siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo dispuesto en
los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones públicas. Asimismo podrá interponerse recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de dos meses, ante el orden jurisdiccional contenciosoadministrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, no pudiendo interponerse
este último hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación
presunta.
13.

Disposición final

La presente resolución se regirá por las normas específicas contenidas en ella y
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 9 de marzo de 2021.–El Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana
Ferrer.
ANEXO I
Guion para el plan de actividades previstas
El plan de actividades deberá reflejar las posibilidades que el centro ofrece a los/las
docentes durante su visita. Si se adjudicara un/a docente, dicho plan se deberá consensuar
con él/la mismo/a y se deberá elaborar una versión ajustada a los intereses y posibilidades
de ambas partes.
A continuación se enumeran algunos aspectos que se pueden tratar en este plan (no
es obligatorio tratarlos todos):
1. Objetivos.
2. Descripción de la organización y gestión del centro.
3. Propuesta de calendario de asistencia a algunas reuniones de trabajo donde se
planifiquen las actividades del centro y análisis de la programación trimestral y anual.
4. Propuesta de calendario de asistencia y colaboración en algunas clases de
español (u otras disciplinas) y cultura española.
5. Análisis de materiales de aula, metodología y recursos utilizados, desarrollo de las
actividades de clase, aplicación de nuevas tecnologías, evaluación, etc.
6. Plan de actividades extraescolares del centro.
7. Actividades culturales y colaboración con otras instituciones (locales, regionales,
nacionales, etc.).
8. Estudio de la gestión de la convivencia en el centro y del plan de acción tutorial.
9. Programas que se aplican en el centro para la mejora de resultados y otros
programas o proyectos educativos.

cve: BOE-A-2021-4538
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 70