III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Ciudad de Melilla. Convenio. (BOE-A-2021-4555)
Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Diversidad Familiar y Servicios Sociales, por la que se publica el Convenio con la Ciudad Autónoma de Melilla, para la difusión e implantación del Sistema de Información de Usuarios de Servicios Sociales y su aplicación informática, y el intercambio de información.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 33493
Causas de extinción del Convenio.
Serán causas de extinción de este Convenio, el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo estas las señaladas
en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que
resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.
En cumplimiento del artículo 49.e de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las
consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos por las partes, se determinarán a propuesta de la comisión de seguimiento,
que podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
No obstante, si causara perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y en
consecuencia se interrumpirán las actividades del Convenio.
cve: BOE-A-2021-4555
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el
presente Convenio, en la fecha de la firma electrónica.–Por el Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, Patricia Bezunartea Barrio, Directora General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla, Mohamed Mohamed
Mohand, Consejero de Economía y Políticas Sociales.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 33493
Causas de extinción del Convenio.
Serán causas de extinción de este Convenio, el cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución, siendo estas las señaladas
en el artículo 51.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Los efectos de la resolución del Convenio se regirán por lo previsto en el artículo 52
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en lo que
resulte de aplicación al Convenio que nos ocupa.
En cumplimiento del artículo 49.e de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, las
consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos
asumidos por las partes, se determinarán a propuesta de la comisión de seguimiento,
que podrá acordar la continuación y finalización de las actuaciones en curso que
consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para su finalización,
transcurrido el cual deberá realizarse la liquidación de las mismas.
No obstante, si causara perjuicios se podrá acordar una posible indemnización y en
consecuencia se interrumpirán las actividades del Convenio.
cve: BOE-A-2021-4555
Verificable en https://www.boe.es
Y para que así conste, y en prueba de conformidad, las partes intervinientes firman el
presente Convenio, en la fecha de la firma electrónica.–Por el Ministerio de Derechos
Sociales y Agenda 2030, Patricia Bezunartea Barrio, Directora General de Diversidad
Familiar y Servicios Sociales.–Por la Ciudad Autónoma de Melilla, Mohamed Mohamed
Mohand, Consejero de Economía y Políticas Sociales.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X