III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunitat Valenciana. Convenio. (BOE-A-2021-4558)
Resolución de 17 de marzo de 2021, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Generalitat Valenciana, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados en España y las entidades sociales Servicio Jesuita a Migrantes España, Cáritas Diocesana Orihuela-Alicante, Cáritas Diocesana Segorbe-Castellón y Cáritas Diocesana Valencia, para desarrollar una Experiencia Piloto de Patrocinio Comunitario en materia de acogida e integración de personas beneficiarias de protección internacional.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33533

Desde este punto de vista, el Proyecto de Acogida e Integración Comunitario se
presentará en un documento que responda con claridad a los siguientes enunciados:
– Presentación.
– Motivación.
– Aspiraciones.
– Presentación del personal responsable del proyecto.
– Entidad Social Responsable y persona de referencia.
– Grupo Local de Patrocinio Comunitario: persona de referencia, componentes de
grupo local y, en su caso, red de apoyo extensa.
1.
2.
3.
4.
euros.
5.

Descripción de los perfiles de la familia que será acogida.
Objetivos del proyecto de Acogida e Integración.
Descripción de vivienda disponible y condiciones de uso y, en su caso, alquiler.
Información sobre la cuenta bancaria abierta con un fondo mínimo de 10.000
Prioridades del Proyecto de Acogida e Integración.

5.1 Programa concreto y recursos disponibles para el aprendizaje de idiomas
locales y para el apoyo a las necesidades de traducción durante los primeros meses.
5.2 Programa concreto de gestión de los gastos de manutención.
5.3 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades
específicas de atención sanitaria.
5.4 Programa concreto y recursos disponibles para la respuesta a necesidades
específicas de atención psicológica.
5.5 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a
necesidades sociales, formativas, educativas y de matriculación.
5.6 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para el apoyo y
formación para el empleo y para la búsqueda de trabajo.
5.7 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a
necesidades de asesoramiento legal.
5.8 Programa concreto de respuesta y recursos disponibles para la respuesta a las
necesidades de ocio.
5.9 Compromisos y calendarios de acompañamiento dentro de una estrategia de
empoderamiento, orientada a la autonomía y alejada de cualquier forma de solidaridad
paternalista.
5.10 Plan de acompañamiento durante el primer mes atendiendo a las
características específicas de cada familia.
ANEXO
Descripción del Programa de formación seguido por la Entidad Titular del Acuerdo
de Patrocinio y el Grupo Local de Patrocinio Comunitario
Marco jurídico de cooperación, privilegios e inmunidades del ACNUR.

El desarrollo de la cooperación entre España y la Oficina del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para las personas refugiadas se recoge en el Acuerdo entre España y
la Organización de las Naciones Unidas relativo al establecimiento de una Delegación
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para las personas refugiadas en Madrid,
de 14 de marzo de 1988 (publicado en el BOE n.º 161, de 7 de julio de 1989, págs.
21531 21532) y en el Acuerdo Marco de Cooperación del Reino de España y ACNUR
de 9 de diciembre de 2002 (publicado en el BOE n.º 123, de 23 de mayo de 2003, págs.
19691 a 19692).
Nada de lo dispuesto en el presente convenio o relativo al mismo podrá ser
interpretado en el sentido de constituir una renuncia, ni expresa ni implícita, a lo
establecido en dichos acuerdos ni a ninguna de las prerrogativas e inmunidades de las

cve: BOE-A-2021-4558
Verificable en https://www.boe.es

Decimotercera.