III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2021-4541)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Ciencia e Innovación y el Centro de Investigaciones Sociológicas, para la participación de España en la 10.ª edición de la Encuesta Social Europea ESS-ERIC, dedicada a la investigación en ciencias sociales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33391

10. En todo lo no contemplado por esta cláusula se estará a lo dispuesto sobre
órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
11. En la composición de la Comisión se procurará la paridad entre hombres y
mujeres, conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2007 art. 54, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
12. La Comisión tendrá como funciones:
a) Efectuar el seguimiento de las actuaciones y actividades, realizadas y en curso,
para comprobar que progresan adecuadamente y en los términos del Convenio. A estos
efectos, la Comisión podrá:
– Proporcionar directrices para la realización de las actividades previstas,
– Recabar la información que considere necesaria para el seguimiento de las
actuaciones, tanto en los aspectos científicos y técnicos como en los económicos y
organizativos.
b) Proponer a las partes signatarias aquellas modificaciones del Convenio que se
consideren oportunas para mejorarlo o para garantizar su adecuado desarrollo.
c) Resolver las dudas y controversias que pudieran surgir en la aplicación e
interpretación de las cláusulas del Convenio.
Séptima.

Confidencialidad y difusión de resultados.

1. Los datos e informes obtenidos durante la realización de las actividades, así
como los resultados finales, serán divulgados de acuerdo con lo que especifica la
legislación española en esta materia.
2. La obligación de confidencialidad y secreto se mantendrá durante un período de
un año.
Octava. Vigencia del Convenio.
El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico
estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado
en el «Boletín Oficial del Estado» y extenderá hasta la finalización de los trabajos
previstos en la 10.ª Edición de la Encuesta Social Europea, 31 de diciembre de 2021.
Novena.

Modificación del Convenio.

El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo expreso de las partes, y
siempre respetando los trámites formales y procedimentales observados en su
tramitación.
Décima.

Resolución del Convenio y responsabilidades.

a) La denuncia expresa del Convenio, con un preaviso mínimo de tres meses.
b) La extinción de la entidad ESS-ERIC.
2. Las responsabilidades a las que, en su caso, pudiera dar lugar la resolución del
Convenio con respecto a la participación en la 10.ª Edición de la Encuesta Social
Europea, realizada en el marco de la ESS-ERIC, serán asumidas por los dos organismos
mencionados en la cláusula segunda, de acuerdo con las obligaciones correspondientes
a cada uno de ellos, y sin que el posible coste financiero correspondiente a uno pueda
repercutirse sobre el otro.

cve: BOE-A-2021-4541
Verificable en https://www.boe.es

1. Serán causas de resolución del Convenio de colaboración además de las
indicadas en el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público: