III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Encomienda de gestión. (BOE-A-2021-4544)
Resolución de 15 de marzo de 2021, de la Subsecretaría, por la que se publica el Acuerdo de encomienda de gestión de la Agencia Estatal de Administración Tributaria a la Subsecretaría de Hacienda, para la gestión de expedientes de responsabilidad patrimonial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33412
cve: BOE-A-2021-4544
Verificable en https://www.boe.es
− En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, la Agencia
Tributaria pondrá a disposición del Ministerio de Hacienda los modelos de documentos
que incluyan la imagen institucional y los pies de firma que correspondan para que
puedan ser utilizados por el Ministerio de Hacienda para la redacción de la propuesta de
resolución. Asimismo, la Agencia Tributaria remitirá al Ministerio de Hacienda las
actualizaciones que procedan a lo largo de la vigencia de esta encomienda.
− Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
− La Directora del Servicio de Gestión Económica de la Agencia Tributaria será la
encargada de recabar los informes que procedan de la unidad que corresponda por
razón de la materia, los cuales serán remitidos a la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Hacienda en el plazo de 10 días.
− La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará la firma de la
Agencia Tributaria a través del portafirmas electrónico correspondiente, en el cual se
establecerán los flujos de visto bueno y firma que se requieran.
− La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 33412
cve: BOE-A-2021-4544
Verificable en https://www.boe.es
− En el plazo de un mes desde la suscripción de esta encomienda, la Agencia
Tributaria pondrá a disposición del Ministerio de Hacienda los modelos de documentos
que incluyan la imagen institucional y los pies de firma que correspondan para que
puedan ser utilizados por el Ministerio de Hacienda para la redacción de la propuesta de
resolución. Asimismo, la Agencia Tributaria remitirá al Ministerio de Hacienda las
actualizaciones que procedan a lo largo de la vigencia de esta encomienda.
− Las solicitudes de informe y la remisión de los mismos, así como, en su caso, las
comunicaciones de documentación que se requieran, se llevarán a cabo
electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
− La Directora del Servicio de Gestión Económica de la Agencia Tributaria será la
encargada de recabar los informes que procedan de la unidad que corresponda por
razón de la materia, los cuales serán remitidos a la Secretaría General Técnica del
Ministerio de Hacienda en el plazo de 10 días.
− La Secretaría General Técnica del Ministerio de Hacienda recabará la firma de la
Agencia Tributaria a través del portafirmas electrónico correspondiente, en el cual se
establecerán los flujos de visto bueno y firma que se requieran.
− La puesta a disposición de los expedientes administrativos electrónicos se llevará a
cabo electrónicamente en la forma que se determine por el Ministerio de Hacienda.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X