III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE SANIDAD. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2021-4554)
Resolución de 10 de marzo de 2021, de la Secretaría de Estado de Sanidad, por la que se publica el Convenio entre la Dirección General de Salud Pública, la Coordinadora Estatal de VIH y SIDA y la Universidad de Alcalá, para el desarrollo de acciones en el marco del pacto social por la no discriminación y la igualdad de trato asociada al VIH.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70

Martes 23 de marzo de 2021

Sec. III. Pág. 33485

en el artículo 50 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre. Una vez finalizada su tramitación de
la adenda de modificación (al igual que en el caso de las adendas de prórroga), con la
autorización señalada, surtirán efectos a partir de su publicación en el BOE, previa
inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.
Todo ello de conformidad con lo establecido en el apartado 2 de la disposición
adicional séptima de la Ley 40/2015, de 1 de octubre en cuanto a los requisitos de
eficacia, no siendo parte integrante del presente Convenio como anexo.
Duodécima.

Extinción del Convenio.

El presente Convenio se extinguirá por cumplimiento de las actuaciones que
constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución de las previstas en el
artículo 51.2 de la Ley 40/2015 de, 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
En caso de resolución del Convenio, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la
citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en sus
apartados 1, 2 y 3.
Decimotercera.

Publicidad y difusión de los resultados.

Cualquiera de las partes tiene plena libertad para dar publicidad a los resultados
reconociendo, en su caso, la autoría de los mismos.
Si cualquiera de las partes deseasen utilizar los resultados parciales o finales, en
parte o en su totalidad, para su publicación como artículo, conferencia, etc. deberá
solicitar la conformidad de las otras partes por escrito. Las otras partes deberán
responder en un plazo máximo de 5 días, comunicando su autorización, sus reservas o
disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se entenderá que el
silencio es la tácita autorización para su difusión.
Todas las partes se comprometen a destacar en cuantas actividades realicen para la
difusión de las previstas en este Convenio, la colaboración prestada por las otras partes
firmantes, así como a incorporar sus logotipos en cuantos materiales se reproduzcan y
utilicen para la publicidad o difusión de las actividades realizadas, previo el conocimiento
y el visto bueno de las otras partes implicadas. Acorde con lo establecido en el Real
Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, por el que se establecen criterios de imagen
institucional y regula la producción documental y el material impreso de la Administración
General del Estado, y, la Resolución de 21 de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado
de Administraciones Públicas, por la que se aprueba la Guía de Comunicación Digital
para la Administración General del Estado.
Protección de datos.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, y en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del
Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las
personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre
circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento
General de protección de datos), las partes intervinientes se comprometen a utilizar los
datos de carácter personal que puedan ser cedidos con objeto de este Convenio
conforme a dicha normativa y demás disposiciones vigentes, adoptando las medidas de
seguridad legalmente exigidas, a fin de garantizar la confidencialidad de los datos
personales que pudiesen ser cedidos.
Los datos obtenidos mediante la documentación generada en el desarrollo del
presente Convenio serán incorporados para su tratamiento a un fichero automatizado,
pudiendo ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición,
previstos por la Ley, mediante la remisión de escrito a CESIDA y la UAH.
En prueba de conformidad, ambas partes firman el presente documento, por
duplicado, en el lugar y fecha ut supra.–La Directora General de Salud Pública, Pilar

cve: BOE-A-2021-4554
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.