III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Productos agrarios. Contratación. (BOE-A-2021-4540)
Orden APA/267/2021, de 11 de marzo, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de forrajes con destino a su transformación y comercialización, campaña 2021/2022.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 33386
Arbitraje.
En el caso de que por la CSF no se lograra una solución al conflicto planteado por
las partes, ambas, acuerdan que las controversias derivadas o relacionadas con este
contrato, incluida cualquier cuestión sobre su existencia, validez, interpretación, alcance,
cumplimiento o terminación, serán resueltas definitivamente mediante arbitraje de
equidad, administrado por la Corte de Arbitraje de Materias Primas, de conformidad con
sus Estatutos y su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la
solicitud de arbitraje.
De conformidad con cuanto antecede, y para que conste a los fines precedentes, se
firman los preceptivos ejemplares, de los cuales un ejemplar se entrega al comprador y
otro se entrega al vendedor, a un solo efecto, en el lugar y fechas expresados en el
encabezamiento.
EL VENDEDOR
cve: BOE-A-2021-4540
Verificable en https://www.boe.es
EL COMPRADOR
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 70
Martes 23 de marzo de 2021
Undécima.
Sec. III. Pág. 33386
Arbitraje.
En el caso de que por la CSF no se lograra una solución al conflicto planteado por
las partes, ambas, acuerdan que las controversias derivadas o relacionadas con este
contrato, incluida cualquier cuestión sobre su existencia, validez, interpretación, alcance,
cumplimiento o terminación, serán resueltas definitivamente mediante arbitraje de
equidad, administrado por la Corte de Arbitraje de Materias Primas, de conformidad con
sus Estatutos y su Reglamento de Arbitraje vigente a la fecha de presentación de la
solicitud de arbitraje.
De conformidad con cuanto antecede, y para que conste a los fines precedentes, se
firman los preceptivos ejemplares, de los cuales un ejemplar se entrega al comprador y
otro se entrega al vendedor, a un solo efecto, en el lugar y fechas expresados en el
encabezamiento.
EL VENDEDOR
cve: BOE-A-2021-4540
Verificable en https://www.boe.es
EL COMPRADOR
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X